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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/548

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SESON EN 14 DE OCTUBRE DE 1844
  1. De otro informe de la misma Comision sobre la solicitud de don José Jiménez de Guzman. (Anexo núm. 309 . V. sesion del 12 de Junio de 1843).

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision de Guerra sobre el proyecto de lei que fija las fuerzas de mar i tierra. (V. sesion del 19).
  2. Pedir informe a la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que concede una pension a la familia de don José Mateo Fábres. (V. sesion del 16).
  3. Pedir informe a la misma Comision sobre la solicitud de don Pedro Trujillo. (V. sesion del 20 de Junio de 1843).
  4. Pedir informe a la Comision Militar sobre la solicitud de don José Jiménez de Guzman. (V. sesion del 16).
  5. Consagrarse al despacho de las solicitudes particulares que hai pendientes.
  6. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a doña Paz Piñero viuda de Rojo. (V. sesiones del 11 de Octubre de 1844 i 30 de Julio de 1845).
  7. Pedir informe a la Comision Constitucional sobre si se ha podido presentar dicho proyecto de lei en el año corriente despues de haber sido rechazado por el Senado. (V. sesion del30 de Julio de 1845).
  8. Aprobar el proyecto de lei que concede una pensión a la viuda e hijas de don Juan José Benavente. (V. sesiones del 2 i el 18).
  9. Desechar la solicitud de doña Mercedes Larrañaga viuda de Rodríguez. (V. sesión del 13 de Setiembre).
  10. Desechar la solicitud de doña Rosario Albano viuda de Montt. (V. sesion del 29 de Julio).
  11. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a don Ignacio Montaner.

ACTA


sesion en 14 de octubre de 1844

Se abrió a las ocho i media de la noche con asistencia de los señores Arlegui, Arteaga, Correa don Luis, Dávila, Errázuriz don Ramon, Formas, García de la Huerta, García Reyes, Huidobro, Larrain, Lastarria, Lastra, Lira, López, Montt, Necochea, Palacios, Palazuelos, Palma don José Gabriel, Palma don Cipriano, Pérez, Pinto, Riesco, Sánchez, Sanfuentes, Seco, Tagle don José Agustin, Tagle don Ramón, Toro don Antonio, Varas, Velásquez i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior, se leyó un oficio del Presidente de la República en que comunica quedar instruido de la última reeleccion de Presidente i Vice-Piesidente, hecha por esta Cámara.

Despues se leyeron dos comunicaciones del Presidente del Senado comunicando en la primera haberse aprobado el proyecto de lei propuesto por el Presidente de la República relativo al pié de fuerza de que debe componerse el ejército permanente en el año 1845, cuyo asunto se mandó pasar a la comision de guerra, i trascribiendo en la segunda el proyecto acordado para la concesion de una pensión en favor deia viuda e hijos de don José Mateo Fábres, el cual se mandó pasar a la Comision de Hacienda.

En seguida se leyeron tres informes de la Comision de Guerra: los dos primeros a consecuencia de los acuerdos del Senado en las solicitudes de don Ignacio Montaner i de doña María de la Luz Lira i el tercero en la solicitud presentada a esta Cámara por doña Tránsito Morandé, cuyos tres asuntos quedaron en tabla.

Leyóse tambien un informe de la Comision de Hacienda sobre el acuerdo del Senado en la solicitud de doña Dolores Noguerol, cuyo asunto quedó igualmente en tabla.

I finalmente se leyeron dos informes de la Comision de Peticiones en las solicitudes de don Pedro Trujillo i de don José Jiménez de Guzman, el primero se pasó a la Comision de Hacienda i el segundo a la Militar.

que Despues de esto propuso el Secretario que se ocupase la Cámara en la consideracion de los asunto particulares pendientes, en razón de no quedar mas que tres sesiones en que estos pueden ser considerados, i la Cámara aceptó la proposicion por mayoría de veintidós votos contra nueve.

En virtud de este acuerdo se puso primeramente en discusion la indicacion del señor Dávila, reformando su anterior proyecto de pension en favor de la viuda de don José Posidio Rojo i sometido a votacion resultó aprobado por mayoria de diecisiete votos contra trece.

Inmediatamente despues el señor Larrain observó que por un artículo de la Constitución (el