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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/61

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SESION EN 19 DE JUNIO DE 1844

Junio 20 de 1844 [1]. Pedro J. Lira. —Fernando Lazcano. —J. V. Lastarria.


Núm. 33

La Comision de Lejislacion es de sentir que debe aprobarse por la Sala el presente proyecto, agregando el articulo siguiente:

Art. 3.º Las Cortes superiores de justicia se integrarán en los casos de recusacion o implicacia por abogados que ellos mismos nombren para cada causa de entre los que tengan las cualidades necesarias para juzgar en dichos tribunales. —Santiago, Junio 19 de 1844. Pedro J. Lira. —Fernando Lazcano. —J. V. Lastarria.


Núm. 34

Señores de la Cámara de Diputados:

El presbítero don José Lucio Fuentes, acosado del hambre, agobiado de dolores i colocado en la situacion mas penosa que puede imajinarse, ocurre al patriotismo i jenerosa munificencia de los dignos representantes de la Nacion, para que en atencion a sus muchos e importantes servicios públicos, le alarguen una mano benéfica que lo salve de perecer a impulsos de la mas espantosa necesidad.

Cerca de ocho años de una enfermedad que me ha hecho pasar por todo jénero de sufrimientos, tienen ya casi borrado de la memoria de los hombres, con el recuerdo de mi existencia, el relevante mérito que he contraído en los difíciles i arriesgados cargos que la Iglesia i la Nacion se han servido confiarme; mas el espediente i documentos que acompaño, para que vistos se me devuelvan, lo comprueban debidamente. Apénas recibí las órdenes sagradas ahora cincuenta i dos años, cuando me consagré a promover el beneficio espiritual de los fieles en el ministerio parroquial, desempeñando los cargos tanto de párroco como de vice-párroco a completa satisfaccion de mis prelados, durante el espacio dilatado de mas de diez años. Este jénero de trabajo, aunque ménos estrepitoso que otros, encierra en sí sacrificios los mas costosos i ofrece a la Nacion servicios que por la esfera elevada de su naturaleza i la clase numerosa a quien se dirijen, deben serle en el mas alto grado recomendable. En las parroquias no me limité a lo preciso i ordinario, sino que procuré sus adelantamientos, construyendo edificios para la comodidad i adorno, proveyéndolas de útiles i paramentos necesarios para la decencia del culto; no separándome del lado de mis feligreses, sino cuando los quebrantos de mi salud me compelieron a hacerlo.

Desde el primer paso que dió Chile en la causa de su libertad, mi corazon escuchó dócil la voz de la Patria, i acepté con plena voluntad todos los azares i peligros que en aquellos tiempos difíciles ofrecía semejante decision. Estalló una revolucion en Santa Rosa de los Andes con el fin de sofocar los jérmenes de democracia que con tanta felicidad pululaban en 1813, i fui nombrado capellan para la espedicion que logró contenerla, haciendo este servicio a mi costa, i no abandonándolo hasta que juzgados algunos reos i auxiliados por mi ministerio, i conducidos otros a esta ciudad, quedó el negocio completamente terminado. En Diciembre del mismo año la Junta gubernativa tuvo a bien despacharme título de Capellan del batallon de guardias cívicas de Aconcagua, con espresa declaracion de que corriese la antigüedad desde el 9 de Junio próximo anterior, i con esta investidura hice el prolongado i penoso destacamento de Valparaiso i una campaña en el Sur hasta la desgraciada batalla de Cancharrayada, en que con pérdida de todo mi equipaje, apénas pude salvar la vida.

Cuando se perdió el pais en Rancagua me hallaba postrado de una enfermedad tan grave, que tuve que resignarme a sufrir el yugo del vencedor. Las horribles prisiones, el saqueo completo de todos mis intereses en la ciudad de Aconcagua i el peligro inminente de haber seguido la suerte desgraciada de los beneméritos patriotas Concha i Moyano, en cuya conspiracion falsamente me suponían complicado, fueron las consecuencias de mi cautiverio.

Al ruido de las armas libertadoras que trepaban los Andes, convoqué vecinos, desperté con entusiasmo el patriotismo que los amaños del Gobierno español habia querido sofocar, i todos reunidos fuimos a engrosar la division del Ejército libertador que con nuestro auxilio pudo hacer con gloria la campaña de Aconcagua hasta la toma completa de la ciudad.

El 8 de Mayo de 1817 se me nombró Capellan de la Ilustrísima Corte de Apelaciones, i no sólo desempeñé este cargo satisfactoriamente los seis años que duró hasta su estincion decretada en 823, segun aparece del boletín número 7.º libro 1.°, sino que durante él recibí comisiones delicadas en los tiempos de mayor apuro, tales como la del Director Delegado en 24 de Mayo de 1818 corriente en el espediente acompañado. A pesar de las recomendaciones para prebendas de esta Santísima Iglesia Catedral que contiene los supremos decretos de 8 de Agosto de 1822 i 29 de Julio de 1823, inserto en el mismo espediente, mis servicios no tuvieron recompensa, i la penosa Capellanía del panteon que segun los documentos adjuntos, serví diez i seis años al

  1. Suponemos que esta fecha está errada, pues si en realidad se hubiese firmado el informe el 20 de Junio, no se habria podido dar cuenta de él en la sesion del 19. —(Nota del Recopilador).