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CÁMARA DE SENADORES
  1. papel no competente i la que manda practicar una visita judicial.
  2. No insistir en la deduccion 5.ª de los Presupuestos del Ministerio de la Guerra. (V. las sesiones del 16 i el 23.)

ACTA

SESION DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1842

Asistieron los señores Irarrázaval, Alcalde, Barros, Bello, Benavente, Cavareda, Egaña, Ovalle Landa, Solar, Subercaseaux i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de una nota del Presidente de la República en que anuncia se han remitido a los Intendentes de Chiloé, Valdivia i Coquimbo i que se remitirán oportunamente a los de las demás provincias los pliegos cerrados i boletos de calificacion que con oficio de doce del corriente se le pasaron por esta Cámara; i se mandó archivar.

Se leyeron cuatro oficios de la Cámara de Diputados, en el primero de los cuales se anuncia que esa Cámara se ha conformado con los acuerdos del Senado relativos al suplemento a la lei jeneral de elecciones según le fueron transmitidos por el señor Egaña comisionado al efecto; i habiéndose comunicado ya al Presidente de la República dicho proyecto de suplemento a consecuencia de la esposicion hecha por el señor Egaña al Presidente del Senado a quien se habia conferido la autorizacion competente, se mandó archivar este oficio. En el segundo se transcribe el proyecto de lei acordado por la Cámara de Diputados para proveer las dignidades i canonjías del Obispado de la Serena; i se puso en tabla para segunda lectura. En el tercero se avisa que esa Cámara ha prestado su aprobacion al proyecto de lei en que se trata del valor que deben obtener en juicio los documentos que no estuvieren estendidos en papel sellado competente, i se mandó comunicar este proyecto de lei al Pesidente de la República. En el cuarto se avisa que se ha aprobado sin alteracion alguna el proyecto de lei en que se establece una visita judicial; i tambien se mandó comunicar al Presidente de la República.

Continuó la discusion sobre la deduccion 5.ª del Presupuesto del Ministerio de la Guerra que es de $ 365 sueldo de un oficial ausiliar de dicho Ministerio. El señor diputado don Manuel Cobo trajo a la vista la planta del Ministerio de la Guerra aprobada por decreto de 17 de Abril de 1830, que era la disposicion que la Cámara de Diputados habia tenido presente para insistir en esta partida; i despues de un largo debate habiéndose procedido a votar sobre ella resultaron cinco votos a favor i seis en contra; i no habiendo la mayoría de dos terceras partes que previene la Constitucion, quedó subsistente la partida antedicha, con lo cual, previo el acuerdo de comunicar a la otra Cámara el proyecto de lei sobre presupuestos sin esperar la aprobacion del acta, se levantó la sesion quedando en tabla para la próxima el proyecto de declaracion sobre el artículo 6.º de la lei de alcabalas, el proyecto de lei para proveer las dignidades i canonjías del Obispado de la Serena i el proyecto de lei en que se autoriza al Gobierno para la compra de un muelle en el puerto de Copiapó. -IRARRÁZABAL.


SESION DEL 18 DE NOVIEMBRE [1]

Se dió cuenta de un oficio del Presidente de la República en que avisaba haber remitido a las provincias de Chiloé i Valdivia los correspondientes ejemplares de los boletos de calificacion i estar preparados los que debian ir a las demás de la República; se leyeron tambien otros de la Cámara de Diputados, en que comunicaba haber aprobado los proyectos de lei sobre la visita judicial i el reglamento de elecciones.

Se continuó largamente discutiendo sobre la partida del presupuesto, que señala sueldo de $ 365, a un oficial ausiliar del Ministerio de la Guerra, i habiendo leido el señor Cobo, nombrado en comision de la Cámara de Diputados, un decreto del año de 1830 en que se establece aquella plaza, se procedió a votacion i resultó desechada la partida por 6 votos contra 5, mas como no hubo mayoría de dos tercios requeridos por la lei, quedó en pié el acuerdo de la Cámara de Diputados i la partida subsistente.


ANEXOS

Núm. 281

Se han remitido ya a los Intendentes de Chiloé, Valdivia i Coquimbo, i se remitirán con la oportunidad conveniente a los de las demás provincias, los pliegos cerrados i boletos de calificacion que al efecto me dirijió V. E. con su nota número 37, fecha 12 del corriente.

Dios guarde a V. E —Santiago, 15 de Noviembre de 1842. —Manuel Búlnes. Ramon Luis Irarrázaval. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.

  1. Esta sesion ha sitio tomada de El Semanario de Santiago, núm. 22, de 1.º de Diciembre de 1842. —(Nota del Recopilador).