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CÁMARA DE SENADORES
Sueldo del oficial de la Legación $ 1,000

Gastos de escritorio i correspondencia 600


Consulado de Guayaquil


Gratificación que goza para gastos de escritorio $    400

Para costos de remesas de sueldos a empleados en dichas Legaciones 4,000

Para gastos estraordinarios e imprevistos del Deparlamento de Relaciones Esteriores 10,000


Secretaría del Interior


Sueldo del Ministro
$ 4,500

Sueldo del oficial mayor
1,500

Sueldo del oficial 1.°
900

Sueldo del oficial 2°
700

Sueldo del oficial 3.° 
600
Sueldo del oficial de partes
600
Sueldo del oficial ausiliar
365
Sueldo del portero  144
Para gastos de escritorio
300
Para edición del periódico ministerial  600


Despues de haber suspendido la sesión por algunos minutos, se puso en discusión particular el artículo 1.° del proyecto de lei, acordado por la otra Cámara, para libertar al carbón de piedra estranjero de los derechos de internacion.

El señor pidió que se declarase este articulo i se aprobase por la Cámara el que se encuentra en el Mensaje del Gobierno con la diferencia de que en lugar del cinco por ciento que señala, se ponga un diez por ciento en la importacion de dicho carbon de piedra estranjero i despues de un prolongado debate se reservó para segunda discusion.

Tuvo segunda lectura la solicitud de los Recoletos Dominicos i Franciscanos en que piden se les exonere del cumplimiento del Senado Consulto de 24 de Julio de 1823 i puesta en discusión jeneral, fué admitida en votacion secreta por nueve votos contra dos, pasando a la Comision Eclesiástica para que redacte el competente proyecto de lei.

Ultimamente se pasó a considerar el oficio de la Cámara de Diputados en que anuncia haber desechado el proyecto de lei acordado por esta Cámara el año anterior por el cual se concede una pensión alimenticia a la viuda e hijas del finado don Lorenzo Fuenzalida.

Leida por segunda vez la solicitud introducida en el presente año por dicha señora, se preguntó préviamente si se consideraba este asunto como nuevo i si se trataba del acuerdo del año pasado i prevaleció esto último por ocho votos contra tres.

En seguida se puso en discusión el artículo desechado por la otra Cámara i verificada la votacion secreta se acordó que el Senado insistía en su aprobación por nueve votos contra dos. El tenor del artículo es como sigue:

"Artículo único. Se concede a doña Mariana Moran viuda del Ministro que fué de la Corte de Apelaciones, don Lorenzo Fuenzalida, una pensión de veinte pesos anuales de la cual gozarán por fallecimiento de ésta, las hijas lejítimas del referido don Lorenzo, miéntras permaneciesen sin estado."

En este estado, se levantó la sesión, quedando en la órden del dia el presupuesto del Ministerio del Interior para el año de 1846 el proyecto de lei sobre libertar al carbón de piedra de los derechos de internacion; el que trata del nuevo arreglo de los sueldos militares i el informe de la Comision de Policía Interior sobre la cuenta de gastos de Secretaría i Sala. —Benavente.

SESION 22 DE AGOSTO DE 1845[1]

Aprobada el arta de la sesión anterior, se leyeron dos oficios de la Cámara de Diputados: en el primero se devuelve aprobrado el proyecto de lei sobre indemnización a los empleados superiores de la Casa de Moneda por las habitaciones de que están en posesion en ella i que deben ocuparse por el Supremo Gobierno, i se mandó comunicar a éste. En el segundo se transcribe un proyecto de lei acordado por aquella Cámara, a consecuencia del mensaje del Presidente de la República, que acompaña, por el cual pide autorización para celebrar una transaccion con los actuales poseedores de los terrenos inmediatos al puerto de la Serena que pretenden tener derecho a ellos, i se puso en tabla para segunda discusion.

Se presentó la cuenta de inversión de los trescientos pesos pedidos para gastos de Senado en el presente año i satisfacer los que se debian en el anterior al finado Pro-secretario don Francisco Bello, i para otros gastos acordados, leyéndose el informe de la Comision de policía interior; i se puso en tabla para la sesion próxima.

Se puso en segunda discusión la partida 4.ª de los Presupuestos de gastos públicos para el año venidero, es la siguiente:

"Para dar redacción i publicación de las sesiones del Congreso, cuatro mil pesos".

El señor Presidente. —En la votacion sobre esta partida resultó empate, tratándose del dictámen de la Comisión que pide se reduzca gasto a la cantidad de dos mil pesos; i así, vuelve a discutirse.

El señor Egaña. —Esta partida era de cuatro mil pesos que el Gobierno señalaba para la re

  1. Esta sesión ha sido tomada de El Progreso del 29 de Agosto de 1845, núm. 873. —(Nota del Recopilador)