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SESION EN 9 DE JUNIO DE 1845

lidad i una garantía de paz, i ha visto con satisfaccion acojido por casi todos ellos este interesante pensamiento: continuad vuestros esfuerzos para llevarlo a cabo.

La paz doméstica que cada día parece consolidarse mas en nuestra jóven Repúblira, ofrece un justo motivo de congratulacion. Robustecerla por todos los medios debe ser el primer cuidado de una administración patriótica, i nada contribuirá mas eficazmente a ello que el desarrollo i fomentó de los ramos de industria a que es llamada la sociedad chilena. Facilidades al comercio interior i esterior i vias de comunicacion espeditas, son los objetos que invoca incesantemente el veto público, i a que el Senado espera que dedicareis la mas celosa i perseverante atencion.

La administracion de justicia es otro objeto de inmensa importancia.

Es este uno de los ramos en que el celo del Gobierno ha contrairiado mas indisputables derechos al reconocimiento úblico i es de desear que continúe en sus esfuerzos, i que si es posible los estienda a la revision del réjimen judicial en todas sus partes, pata que puedan llenarse en él las naturales exijencias de una sociedad adelantada. La integridad i sabiduría de nuestros majistiados, que el Senado aprecia dignamente, luchan en vano contra los vicios de que adolece el sistema. Medidas parciales pieiden a poco tiempo su eficacia i participan de la infeccion jeneral. El Senado no espera resultados satisfactorios i permanentes, sino de una renovación radical i completa.

Es digno de vos el deseo que manifesiais de proporcionar al culto los ausilios necesarios, para que, si es posible, se oiga en todos los ángulos de la República la divina palabra; i juzga como vos, que no puede haber ni rostumbies ni civilizacion que merezca este nombre, sino las que tengan por base la moral sublime i pura de nuestra santa relijion.

El Senado, concurriendo a vuestras miras, consagrará una atención especial a las necesidades de la iglesia chilena i a sus relaciones con la sede apostólica.

Percibe el Senado un pre greso evidente en los varios departamentos del ramo de instruccion. Pero desea que se acelere todo lo posible el de la enseñanza primaria. Nada debe pa recer demasiado costoso cuando se trata de promover la educación del pueblo. Depende de ella el suceso definitivo de las instituciones que hemos juiado, la respetabilidad nacional i los mas altos intereses sociales.

Coadyuvará el Senado a la realización de la que conciba conveniente para el buen seivicio de la fuerza armada, para la justa remuneracion de los defensores de la Patria, para la seguridad esterior i para el fomento de las rentas fiscales.

La deuda de gratitud nacional hacia la memoria i familia del finado ministro don Manuel Renjifo, es pcculiarmente sagrada para esta Cámara, de la que fué un distinguido ornamento por sus eminentes cualidades como hombre público i como miembio de la lejislatura.

Los proyectos que sobre estos asuntos habéis consultado o consultareis al Senado, serán examinados cuidadosamente, i podéis contar con su asidua contraccion al desempeño de los difíciles deberes que le ha confiado la Patria. ¡Quiera la divina Providencia dar luz a vuestros consejos; i dirijirlos a la paz, al buen nombre, a la felicidad de Chile".

Se procedió a la discusion particular del proyecto de lei sobte aholicion del fuero privilegiado de Senadores i Diputados i el artículo 1.° se aprobó por unanimidad en los términos siguientes:

"Articulo primero. Los Senadores i Diputados no gozarán de fuero privilejiado en sus causas tanto civiles romo criminales"

Puestos en discusion los artículos 2.° i 3.º de dicho pre yecto de lei, el señor Egaña hizo indicacion para que se suprimiesen por encontrarse las mismas dispocisiones en los artículos 15, 16 1 17 de la Constitucion, i en la escepoion 2 del artículo 23 de la lei sobre juicio ejecutivo. Ad mitida esta indicacion por unanimidad quedaron suprimidos los espresados artículos, i acordó la Sala que cuando se remita el proyecto de lei a la Cámara de Diputados, se diga el motivo por qué el Senado ha tenido a bien suprimir los dos artículos ántts citados.

El artículo 4.º fué aprobado por unanimidad en la forma siguiente:

Art. 4.º Las causas pendientes de estos funcionarios continuarán hasta su conclusion en el tribunal en que actualmente se encontraren".

El señor Aldunaie indicó que creia conveniente se hiciese estensiva la abolicion del fuero a los Consejeros de Estado i a los Ministros del despacho, i despues de algún debate se preguntó a la Sala si se admitía o no esta indicación i resultó aprobada por ocho votos contra tres, acordándose también que en la sesion siguiente se presentase redactada en forma la indicacion referida.

Se puso en discusion particular el proyecto de lei en que se concede a Lord Cochrane seis mil libras esterlinas, por cancelación de cuentas, i el artículo único de que consta fué aprobado en votacion secreta por diez votos contra uno en la forma que sigue:

"Articulo único. La nacion concede a Lord Cochrane, hoi conde de Dundonald, como testimonio de gratitud nacional por los servicios que prestó a la República, seis mil libras esterlinas que se entregarán en Lóndres i por este acto quedan cancelados los mutuos cargos que pudiera haber entre el gobierno i el referido Lord Cochrane."

Se pasó a considerar el proyecto de lei sobre la reunion en un solo cuerpo de la junta reviso