dos le ha agregado al fin ta cláusula "en cuanto están en oposicion con ella." Pero yo creo que supuesto que la lei presente ha tenido en consideracion todos los casos en que dehe haber gratificacion ¿qué necesidad hai de decir en cuanto estén en oposicion con ella? Porque esta cláusula haria revivir todas las leyes que habia sobre la materia, i por eso era mas conveniente dejar el artículo como lo propuso el Gobierno.
El señor ▼Presidente. —Yo creo conveniente la variacion, porque toda lei que deja en ejercicio alguna otra sin esplicarla ocasiona inconvenientes i males, como sucederia si se dejase la cláusula jeneral en cuestion.
Se preguntó a la sala si se aprobaba o nó el artículo propuesto por el Gobierno, i resultó aprobado por unanimidad; es decir sin la cláusula "en cuanto estén en oposicion con ella."
Se puso en discusion el artículo 24.
El señor ▼Bello. —Yo quisiera saber cuál es la razon que se ha tenido presente para disponer que la asignacion de los oficiales que se retiren temporal o absolutamente sea la correspondiente al arma de infantería, segun la lei que ha rejido hasta ahora. ¿No seria mas natural que esta misma lei fuese la que sirviese de norma para esa asignacion? La disposicion que acaba de aprobar la Cámara para que se deroguen otras leyes, reglamentos i decretos que haya habido hasta ahora sobre la materia es otra razon para que se diga en lugar del "reglamento interior" "la actual lei.".
Yo no encuentro una razon de justicia para que los individuos que hayan de gozar de una remuneracion conforme a esta lei, se les conceda otra menor en el caso de retiro; i por eso soi de opinion que se ponga "según el sueldo menor designado en la presente lei."
El señor ▼Egaña. —Los oficiales del Ejército que se han consultado para su retiro temporal o absoluto nunca han gozado mas que lo que les da la presente lei. Ella nada quita: por el contrario este artículo es dirijido a que sigan gozando lo que han gozado hasta ahora, así, me parece que no hai necesidad de hacer alteracion en este punto, ni de dar mas, cuando no se ha reclamado cosa alguna: porque las espresiones "según el reglamento que ha rejido hasta ahora" son necesarias para arreglar el modo i forma de hacer el documento. Esta lei no puede ocasionar confusion.
El señor ▼Aldunate. —El Gobierno, señor, no se ha manifestado jeneroso, sino mas bien mezquino en esto; i esa mesura ha sido por el temor de que esta lei no pasara en las Cámaras. Es verdad lo que ha dicho el señor Senador Bello que esta lei perjudica a los oficiales retirados, porque realmente el reglamento sólo asigna el sueldo de infantería a los oficiales retirados: i como por el presente se ha aumentado, es mui justo que se les de algo mas. Yo, por mi parte, adhiero a la opinion del señor Senador Bello, para que el retiro sea conforme a la presente lei.
El señor ▼Egaña. —Primeramente, no puede decirse que en esto hai perjuicio por que no se quita nada de lo que ahora se goza: léjos de quitarse, se da mas, porque siendo el retiro conforme al sueldo de infantería i aumentando esta lei en muchos casos ese sueldo, la cantidad del retiro, por consiguiente, será mas. Lo único que dice esta lei, es que no se tome para hacer la division sino el sueldo menor por base.
El señor ▼Aldunate. —Entónces, parece que no hai motivo de discusion, ni tampoco perjuicio alguno, refiriéndonos a la presente lei.
El señor ▼Bello. —Yo no he dicho, señor, que por la presente lei se quita nada a los militares, pero he dicho que no se les proporciona el beneficio que deben tener, es decir, que no se atiende al sueldo menor que ahora se señala, sino al que habia ántes, i esto me parece una justicia evidente, i ademas una incongruencia con el espíritu de esta lei. Por lo mismo insisto que en lugar de "el reglamento que ha rejido hasta ahora se ponga" conforme al sueldo menor que designa la presente lei.
Se procedió a votar sobre esta indicacion del señor Bello, i resultó aprobada por once votos contra dos.
Se constituyó la Sala en comité para tratar de la enmienda presentada por el señor Irarrázaval sobre profesiones de comunidades regulares en la que ha incidido una sub enmienda, para que despues de la palabra suspender se agregue o modificar.
El señor ▼Presidente. —En esta indicacion, despues de discutida, resultó empate, i ahora se va a resolver si se aprueba el artículo tal como lo presentó el señor Irarrázaval, o con la sub enmienda propuesta por el señor Egaña. Se preguntará primero si se agrega la palabra modificar.
Se tomó la votacion i fue desechada esta agregacion por ocho votos contra cinco. En seguida se votó por la enmienda i fué aprobada por diez votos contra tres, en estos términos.
"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para que miéntras se verifica la reforma jeneral de las Comunidades regulares pueda suspender los efectos del Senado Consulto de mil ochocientos veintitrés que señala la edad en que deberia hacerse la profesion solemne de los votos de perpetuo monaquisino."
En este estado se levantó la sesion quedando en tabla el presupuesto del Ministerio de Hacienda el proyecto de autorizacion al Gobierno para la compra de buques, el de la organizacion del Cuerpo de Injeneros Civiles, i el relativo a la familia del finado Ministro don Manuel Renjifo.