▼cisco Elizalde de que doi fé. —Francisco Elizalde. Ante mí, Rodríguez.
En el mismo dia mes i año compareció ante mí, don Auroro Espinosa, quien prestó juramento, que lo hizo en la forma de derecho i bajo el cual prometió decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado, i siéndolo al tenor de la solicitud de la vuelta que se le leyó, dijo; que hace como once años a que conoce en ésta a don Antonio González; que tiene bienes raices i es industrioso i que por lo espuesto lo cree acreedor a la gracia que solicita. Que lo dicho es la verdad en que se afirmó i ratificó habiendo leído su declaracion; que es de treinticinco años de edad i no le tocan las jenerales de la lei i afirmó, de que doi fé. Al tiempo de firmar dijo no saberlo hacer i a su ruego lo hizo don Francisco Elizalde, de que doi fé —Fancisco Elizalde. Ante mí, Rodríguez.
En el mismo día, mes i año, la parte presentó por testigo a don José Amigo, quien prestó juramento que hizo confirme a derecho i bajo el cual prometió decir verdad en lo que supiere i le fuese interrogado, i siéndolo al tenor de la peticion anterior que se le leyó, dijo: que hace como doce años a que conoce a don Antonio González en esta ciudad; que posee algunos bienes i a mas es industrioso. Que lo dicho es la verdad, en que se afirmó i ratificó habiendo leido su declaracion, que es mayor de edad, no le tocan las jenerales de la lei i firmó, de que doi fé. —José Amigo. —Ante mí, Rodríguez.
Ilustre Municipalidad,
El Procurador de ciudad dice: que es a su juicio bastante la informacion producida por don Antonio González para acreditar las condiciones que exije el artículo 6 ° de la Constitucion a los estranjeros que desean obtener carta de ciudadanía. I por lo tanto, puede V. S. si fuere servido mandar devolver al interesado este espediente para que haga uso de su derecho donde corresponda. —Valparaíso, Diciembre 6 de 1844. —Miguel Santa María.
Sala Municipal, Valparaíso, Diciembre 6 de 1844. —En virtud del anterior informe entréguese al interesado este espediente. Así se acordó en sesion de ayer por la Ilustre Municipalidad. —Anacleto de la Cruz.
Excmo. señor:
Antonio González, natural de Portugal i residente en Chile ante Vuestra Excelencia con el debido respeto, digo: Que por el espediente que acompaño, se ve que he justificado ante la Ilustre Municipalidad de Valparaíso residir en el pais el número de años que exije la Constitucion i que tengo un capital en jiro. Allanado también el requisito de protestar ante aquel Ilustre Cuerpo mi deseo de avecindarme en Chile, se me devolvió el espediente para solicitar aute Vuestra Soberanía la naturalizacion que pido.
En esta virtud, a Vuestra Excelencia suplico que estando en el caso que requiere la Constitucion se sirva declararme con opción a la carta de naturaleza que espero. Es gracia, etc. —Por el suplicante, Eusebio Carmona.
Núm. 34
▼El Congreso Nacional ha discutido i aprobabado el siguiente
"El ▼Congreso Nacional permite que residan cuerpos del ▼ejército permanente en el lugar de sus sesiones 1 diez leguas a su circunferencia hasta el día 15 de Junio de 1846."
Dios guarde a V. E. —Santiago, Julio 4 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.
Núm. 35
▼En contestacion a su apreciable nota de 28 del corriente, acompaño a usted una razón sumaria de las causas pendientes ante la Excelentísima Corte, con espresion de su naturaleza i procedencia, segun lo desea la honorable Cámara de Senadores.
En esta razon i en la remitida pocos días ha al Ministerio de Justicias se notarán algunas diferencias; pero proceden primero de que en esta última se pusieron todos los concursos como orijnados en esta capital, i en la presente se ponen en la provincia donde reside el deudor, i segundo de que diariamente llegan i fallen causas por los correos.
Dios guarde a usted. —Santiago, Junio 30 de 1845. —Pedro Fernández Garfías. —Al señor oficial de la Secretaría de la honorable Cámara de Senadores.
Razón sumaria de las causas pendientes ante la Excma. Corte Suprema con espresion de su procedencia:
Corrientes |
Detenidas | ||||
Atacama | 6 | 0 |
|||
Coquimbo | 11 |
0 |
|||
Aconcagua | 7 |
0 |
|||
Santiago | 133 |
10 |
|||
Valparaiso | 17 |
0 |
|||
Colchagua | 5 |
0 |
|||
Talca | 4 |
0 |
|||
Maule | 15 |
0 |
|||
Concepcion | 15 |
0 |