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SESION EN 20 DE AGOSTO DE 1845

blada por don Pedro Trujillo. (V. sesiones del 1.° i el 22)

ACTA

SESION EN 20 DE AGOSTO DE 1845

Se abrió a las siete i cuarto de la noche con asistencia de los señores Arteaga, Barra, Correa, Dávila, Donoso, Eguigdren, Formas, Gandarillas, García de la Huerta, García Reyes, Iñiguez, Irarrázaval, Larrain, Lazcano, Lastarria, Lastra, León, Lira, López, Necochea, Palacios, Palazuelos, Palma don Cipriano, Palma don José Gabriel, Riesco, Rozas, Sánchez, Seco, Tagle don Ramón, Toro don Antonio, Varas i Renjifo.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó un oficio del Presidente del Senado en que comunica el acuerdo de aquella Cámara para autorizar al Presidente de la República, a efecto de que con acuerdo del Consejo de Estado, compense a don Juan Francisco Mur los perjuicios sufridos a consecuencia de servicios prestados a la República en el año de 1836, i se mandó pasar a la Comision de Hacienda.

En seguida se leyó un informe de la Comision de Peticiones en la de doña Cármen Vidaurre, i consultada la Sala sobre si se admitía o nó, fué admitida por unanimidad, en virtud de lo cual se mandó pasar a la Comision Militar.

Se continuó despues la discusión particular del presupuesto del Ministerio de Justicia, i discutida la partida primera se aprobó con supresión de 1,000 pesos considerados para sueldo del encargado de la Estadística Judicial en la forma que sigue:

Ministerio de Justicia:


Sueldo del Ministro don Antonio Varas $
$ 4,500
Sueldo del oficial mayor don Félix Herrera  1,500
Sueldo del oficial primero don Cirilo Vijil  900
Sueldo del oficial segundo don Vicente Sotomayor
700
Sueldo del oficial de partes don José Andrés Bello  600
Sueldo del oficial ausiliar don José Miguel Aldunate
365
Sueldo del portero José Marabolí
144
Para gastos de escritorio 
200

$
8,909


La segunda partida, despues de consideradas i desechadas las observaciones que la Comision hizo sobre ella, fué aprobada sin alteración en la forma siguiente:


Corte Suprema:


Sueldo del Presidente don Juan de Dios Vial del Rio
$ 4,500
Sueldo del Ministro Decano don Manuel Novoa
4,000
Sueldo de tres Ministros con 4,000 pesos cada uno
12,000
Sueldo del fiscal don Mariano Egaña 4,000
Sueldo de los relatores don Joaquín Alamos i don Pascual Lujan con 800 pesos cada uno
1,600
Sueldo del escribano-secretario don Pedro Fernández Garfias
800
Sueldo del solicitador fiscal
300
Sueldo del primer portero José Doña  240
Sueldo del segundo portero José Antonio Ugalde
120
Para gastos de escritorio
100
Sueldo de un ordenanza, Juan de Dios Medina
30
$ 27,690


La tercera, cuarta, i décima partidas se aprobaron, igualmente sin alteración, desechándose las enmiendas propuestas por la Comision, respecto a ellas, i la novena fué aprobada modificándose la redacción en conformidad de lo propuesto por la Comision acerca del primero de los pormenores, i según la indicación que hizo el señor Larrain respecto de los dos últimos en que se trata de las contribuciones de sereno i alumbrado, quedando las espresadas cuatro partidas aprobadas en la forma siguiente:


Corte de Apelaciones:


Sueldo del Rejente don José Tadeo Mancheño 
$ 4,000
Sueldo de los cuatro Ministros, don Manuel José Cerda, don José Gabriel Palma, don Mariano Bernales, don José Antonio Alvarez, con 3,500 pesos cada uno
14,000
Sueldo del fiscal don Manuel Camilo Vial
3,500
Sueldo del juez especial de comercio don Diego Antonio Barros
500
Sueldo del juez de minería don Juan José Gatica
400
Sueldo de los relatores don José Antonio Ugarte i don Santos