304 | CÁMARA DE DIPUTADOS |
▼
Sueldo de los tres marineros, José Dolores Zuleta, Jesús Aracena e Hilario Morales, a 156 pesos cada uno | 468 | ||
$ | 8,754 | ||
Factoría Jeneral del Estanco: | |||
Sueldo del factor jeneral, don José Ignacio Eyzaguirre | 4,000 | ||
Id. del tenedor de libros, don José Manuel Figueroa | 1,500 | ||
Id. del oficial primero, don Pedro José Díaz | 1,000 | ||
Id. del oficial segundo, don Manuel Rios | 700 | ||
Id. del oficial terceto i archivero, don José I.uis Santa María | 400 | ||
Id. del cajero, don Francisco Lafevre | 600 | ||
Id. del guarda almacén, don Ramón Vial | 1,500 | ||
Id. del tenedor de libros jubilado don Vicente Donoso | 375 | ||
Id. del agregado alcaide de la Aduana suprimida, don Francisco del Rio | 1,000 | ||
Id. del portero, don José Tello | 300 | ||
Resguardo de la Factoría Jeneral: | |||
Sueldo del teniente primero don Nicolás Jiménez | 600 | ||
Id. del cabo primero don José María Larrain | 360 | ||
Id. del cabo segundo don Juan Francisco Aravena | 360 | ||
Id. de los seis guardas, don An tonio Olivares, don Pióspero Rebolledo, don Francisco Olmedo, don José Pérez, don Juan Nepomuceno Franco i don Nicolás Guajardo, con 300 pesos cada uno | 1,800 | ||
Sueldo de cuatro guardas suplen tes que salen todos los años a la visita durante cinco meses, a 25 pesos mensuales cada uno | 500 | ||
Por la gratificación que goza cada uno de los cuatro guardas de que habla la partida anterior, por el tiempo de cinco meses, a razón de 7 pesos 4 reales mensuales cada uno | 150 | ||
Por la gratificación de dos guardas de la laguna i costa de San Antonio, a razón de cuatro rea les diarios cada uno de los que están en ejercicio todo el año | 365 | ||
$ | 15,510 |
En este estado se dejó en suspenso la discusión del presupuesto i se pasó a considerar por segunda vez en particular el proyecto de establecimiento de una contribución municipal en Copiapó i quedaron aprobados sin alteración los tres artículos que contiene en la forma siguiente:
"▼Artículo primero. Se pagará a la entrada de la ciudad de Copiapó i a beneficio de la Municipalidad de aquel departamento los derechos siguientes:
- Ocho reales por cada carreta cargada.
- Cuatro reales por cada carreta cuya carga no pasare de la mitad.
- Un real por cada carga conducida en mu la o animal cabalgar.
- Medio real por cada carga conducida en burro.
Art. 2.º Se esceptúan de este derecho el carbon, leña, leche, carne, frutas i legumbres frescas.
Art. 3.º El derecho establecido por la presente lei durará por el término de cinco años i no podrá continuarse cobrando trascurrido este tiempo sin nueva resolución del Congreson.
Concluido esto, se puso en discusión la solicitud del jeneral don ▼Ramón Freire i puesto en votacion el proyecto de la Comision se aprobó en jeneral por mayoría de dieciocho votos contra trece.
Finalmente, se puso en discusión particular el proyecto de la ▼Comision Militar sobre la solicitud de doña Juana del Solar i fué aprobada por mayoría de veintitrés votos contra siete, en la forma que a continuación se copia.
{{may|▼. Se concede a la viuda e hijas del Teniente-coronel don Domingo Arteaga, la pensión de quince pesos mensuales miéntras permanezca viuda i sus hijas no tomen estado".
Con lo cual se levantó la sesión a las nueve i media de la noche, quedando en tabla para la siguiente la continuacion del Presupuesto de Hacienda, el proyecto de prelacion de créditos, el de Cortes de Apelaciones en Concepción i la Serena, el de nueva planta del Ejército, i los asuntos particulares del jeneral don Ramon Freire i doña Joaquina Vera. —▼IRARRÁZAVAL. — ▼R. Renjifo.
Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó un mensaje del ▼Presidente de la República en que pide se rehabilite la autorizacion concedida por el ▼Congreso para que dicte con fuerza de lei la ordenanza de arreglo del gremio de jornaleros
- ↑ Esta sesión ha sido tomada de El Progreso del 3 de Setiembre de 1845, núm. 877. —(Nota del Recopilador.)