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CÁMARA DE DIPUTADOS

por esa Cámara en sesion del 8 del corriente V. E. para Presidente i para Vice don Francisco de la Lastra.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre 13 de 1845. — Manuel Búlnes. — Manuel Montt. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 195

La Municipalidad de Curicó, deseosa de promover el aumento de sus rentas, ha pedido al Gobierno que solicite la competente autorizacion de las Cámaras Lejislativas para doblar el impuesto que actualmente pagan sus salinas. Sus entradas ascienden segun el presupuesto formado para el presente año, a la cantidad de cuatro mil doscientos noventa i dos pesos uno i medio reales, cantidad que apénas alcanza para sus gastos mas indispensables.

El derecho de la sal compone la mitad de estas rentas, de manera que duplicándolo, subirán éstas a un tercio mas; i entónces la Municipalidad podria atender a la refaccion de la Cárcel i Casas Consistoriales que se hallan en un estado ruinoso i a otros gastos igualmente urjentes. Este aumento de derecho no desalentaria, por otra parte, a los que se dedican a esta industria; en primer lugar, porque abundancia de las salinas i su situacion procuran considerable ganancia a los que las trabajan, i segundo porque el impuesto se distribuiria insensiblemente entre los consumidores. Estas consideraciones me han inducido a proponeros, con acuerdo del Consejo de Estado, el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Toda carga de sal que se esporte de las salinas de Curicó. pagarán un real a beneficio de las rentas de la Municipalidad de aquel Departamento.

Este impuesto durará por el término de cinco años, pasados los cuales no podrá cobrarse sin nueva autorizacion del Congreso.

Santiago, Octubre 11 de 1845. — Manuel Búlnes. — Manuel Montt.


Núm. 196

Esta Cámara ha convenido en que quede subsistente la parte final del artículo 3.° del proyecto de lei sobre nuevo plan de sueldos militares con lo que ha quedado dicho artículo en los mismos términos que V. E. se sirvió trascribirlo en su nota de 18 de Julio del año próximo pasado bajo el núm. 22.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. Santiago, Octubre 15 de 1845. — D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada, Secretario. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 197

Esta Cámara, en vista de la solicitud de don Ignacio Sotomayor que orijinal acompaño, ha tenido a bien aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se autoriza al Gobierno para que pueda someter a compromiso los reclamos que haga al Fisco don José Ignacio Sotomayor a consecuencia de la provision del Ejército que tuvo el año de 1817."

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre 15 de 1845. — D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 198

Esta Cámara ha aprobado el presupuesto de Guerra i Marina para el año venidero, conviniendo en la alteracion hecha por la que V. E. preside, respecto del sueldo de un ayudante capitan de caballería, que se consultaba en la partida 1.° i haciendo ademas las modificaciones que a continuacion se espresan:

El ítem 2.° de la partida 3.a se ha redactado en estos términos:

"Id. del id. id. retirado temporalmente don Ramon Freire.

El ítem 3.° de la misma partida ha sido aprobado en esta forma:

"Id. del Teniente Jeneral retirado temporalmente don Manuel Blanco Encalada para el caso de regresar al pais, 2,850."

De la partida 22 se ha rebajado el sueldo del teniente coronel de caballería don Carlos Olavarrieta, por haber fallecido.

Remito a V. E. los antecedentes que se han tenido a la vista en la discusion del presupuesto que devuelvo.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre 15 de 1845. — D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada. — A. S. E el Presidente de la Cámara de Diputados.


La parte 2.a de la observacion segunda hecha por la Comision, sobre el ítem tercero del presupuesto del Ministerio de Guerra i Marina, importa, como se ve, por su literal tenor que no debe aprobarse la partida de dicho presupuesto a que se refiere la observacion, en el exceso que hubiere entre el sueldo de retirado i el de actual servicio.