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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXV (1844).djvu/249

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SESION EN 23 DE AGOSTO DE 1844

El señor Benavente, — Iremos cayendo en tantísimas dificultades por meternos a tantos detalles, que al fin nos vendremos a quedar sin lei. Me parece que si alguna cosa se podia confiar al Gobierno era esta parte relativa al número de mataderos que fuesen necesarios, lugar en que debian situarse, tamaño, etc. La Municipalidad para poner en planta esta obra, tiene que hacerlo precisamente con acuerdo del Gobierno; porque, no digo matadero, ni un horno le seria permitido construir sin este requisito, i por otra parte, la Municipalidad está encargada de velar sobre la salubridad pública i de remover todo cuanto pueda perjudicarla. Si conviene poner matadero en el sur de la poblacion, se hará de manera que no cause ningún daño a ésta, o se establecerá en otra parte; esta es una dificultad mui fácil de vencer. La otra dificultad que ahora se ofrece es que los mataderos deben ser de dimensiones iguales, i yo creo que tampoco esto debe detenernos porque los mataderos se harán como sea mas conveniente a la buena administracion i al objeto a que van a destinarse, esto es, que presenten las comodidades que sean precisas para el número de animales que haya de matarse. Lo mismo digo respecto de la colocacion que debe dárseles, con respecto a la comodidad de los matanceros: cada uno buscará para llevar su ganado el matadero que mas le convenga. Supongamos que se estableciese un matadero en Renca i otro en la Pirámide, nadie acudiria al de Renca, teniendo mas cerca otro que le ahorraba un gran costo en la conduccion de la carne. Pero todo esto, repito, debe ser obra de la Municipalidad no sólo porque a ella le corresponde, sino tambien porque a ella le conviene el hacer todo esto del modo mas arreglado. Ni me parece tampoco que poniendo la condicion de que los mataderos sean de iguales dimensiones, se evitaria el que se eludiese la lei: el único modo de evitarlo seria decir que no se matase mas que cierto número de animales; pero ¿por qué se ha de hacer esto?

En fin, señor, creo que vamos entrando en un atolladero del que no podremos salir, si no se fia a la prudencia del Gobierno la construccion del matadero i la designacion del lugar mas aparente para la salubridad del público.

El señor Presidente. — A ver, señor, esta es la indicacion que yo propongo como un resúmen de las que se han hecho en la Cámara. «Los mataderos tendrán las mismas dimensiones i miéntras no excedan de dos, estarán igualmente habilitados para recibir toda clase de animales, situándose a la parte de la ciudad en que ménos perjudique a la salubridad pública."

El señor Bello. — Yo haré una lijera observacion para obviar algunas dificultades que pudiera haber, i es que no se exija precisamente la igualdad que se diga sólo, poco mas ó ménos, las mismas dimensiones.

El señor Presidente. — Señor, esta es una cosa que frustraria la disposicion de la Sala; porque i si se pone que sean poco mas o ménos, lo que resultará es que no se hará mas que uno.

El señor Bello. — Es que parece difícil que la Municipalidad lo admita en esa forma.

El señor Presidente. — Pues bien, señor, póngase poco mas o ménos.

Se leyó la enmienda.

El señor Bello. — Si el señor Presidente lo tiene por conveniente, podrá someterse a votacion lo que se ha leido hasta donde dice: "estos mataderos, para no hacer un artículo demasiado largo, i de lo demás formar otro. Puede leerse todo el artículo desde el principio (se leyó) No se ha especificado todavía el monto de la contribucion.

El señor Presidente. — Sí, señor, está aprobado ya.

Se leyó otra vez el artículo.

El señor Bello. — Yo propongo que eso sólo forme el artículo 1.°, que lo demás se reserve para otro artículo para no hacer tan complejo el artículo 1.°

El señor Presidente. — Se procederá, pues, a votacion de la enmienda como se acaba de leer.

El señor Bello. — Pero yo tengo que hacer una subenmienda.

En cuanto a la enmienda propuesta, yo querria que a la palabra dos se sustituyese la palabra tres.

Yo, i creo que algunos de los demás señores senadores, han consentido en que subsistan los derechos propuestos en el proyecto en el concepto de que los mataderos fuesen algunos, i no fuesen sólo dos. Y en verdad que dos mataderos para una poblacion tan estensa como la de Santiago causarian grande acumulacion de materias corruptibles, i me parece que es de necesidad evitarlo.

Yo me remito en esta materia a lo que todos los escritores que han hablado sobre hijiene pública establecen, i es que se debe evitar toda aglomeracion de estas materias por los males que resultan de ella; así es que deben impedirse hospitales jenerales en que haya gran número de enfermos; mataderos públicos donde se matan gran número de animales; pues estas son cosas que se miran en el dia con el mayor temor.

En Europa es donde se conoce mas bien la importancia de estos establecimientos, i yo quisiera que me citasen un solo ejemplo de que haya un matadero para una gran poblacion. Al contrario. Lo tiene una aldea, un pueblo cualquiera con muchos ménos habitantes que los que puede tener la mas pequeña de nuestras provincias. La poblacion de Santiago es de 80,000 almas, i haciendo dos mataderos, resultará que cada uno de los que se propone ahora establecer, tendrá que dar abasto a 40,000 personas, i yo pregunto: ¿cuál es el punto de Europa donde para una