- Que las Comisiones de Justicia, Educacion i Eclesiástica, informen sobre la memoria del respectivo Ministerio.
- Dejar pendiente la discusion del artículo 10 del proyecto de dotacion de los jueces. (V. sesiones del 24 de Junio i 1° de Julio de 1842)
ACTA
Se abrió con los señores Cerda, Cobo, Concha, Covarrúbias Echeñique, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don, Ignacio, Fierro, Formas, Gana, Gatica, Guzman, Huidobro, Iñiguez don Pedro Felipe, Iñiguez don Vicente, Montt, Ovalle, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Pérez, Plata, Prieto, Reyes don Ignacio, Renjifo, Rosas Urrutia, Sánchez, Tocornal Grez, Toro, Vargas Velázquez, Vergara, Vial don Antonio, Vial don Ramon, Vicuña, Vidal, Urriola i Aristegui.
Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un proyecto de lei remitido por el Presidente de la República, para que se reduzca a un año el de tres que fija el artículo 4.º de la lei de 30 de Agosto de 1833, para poder renovar la tarifa de avalúos si el Ejecutivo lo estimare necesario, i se remitió a la Comision de Hacienda; i otro del Senado anunciando que a consecuencia de la invitacion que se le hizo, ha nombrado la Comision Revisora de las cuentas de gastos públicos del año 1841, i presupuestos para el de 1843 que en union con la de Hacienda de esta Cámara debe practicar dicho reconocimiento, i se mandó remitir a la citada Comision de Hacienda.
Despues se dió cuenta de la solicitud de doña Cármen Venégas viuda de don Antonio Castañeda, Sarjento Mayor graduado de las antiguos "Infantes de la Patria", para que se le conceda una pension i se pasó a la Comision Calificadora; de ésta tambien se leyó un informe sobre una peticion de doña Dolores Robles viuda del administrador de Correos, don José Agustin Cousiño, solicitando igual gracia que la anterior i pasó a la Comision de Hacienda.
En seguida, el señor Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública, leyó la Memoria relativa al estado de los departamentos de su cargo. Con este motivo el señor ▼Palazuelos tomó la palabra i espuso que era digno de lamentar la suerte que sufrían en las Cámaras estas esposiciones de los diversos departamentos del Gobierno, que todos se sepultaban en el olvido, i para remediar este mal proponía a la Sala que se fijase un tiempo cualquiera dentro del que las comisiones respectivas presentasen informes acerca del modo de hacer efectivos los proyectos que los Ministros indican en sus memorias. El señor ▼Concha dijo que añadiría a la segunda parte del discurso anterior, pidiendo que se sistematizasen los trabajos de la Cámara i que especialmente la Comision de Educacion proponga medios de facilitar o aumentar las casas de educacion pública. Con este motivo el señor Presidente ordenó que la Memoria que se acababa de leer, pasase a las comisiones reunidas de Justicia, Educacion i Eclesiástica, quiénes se espedirían en su informe, teniendo presente las indicaciones hechas en la Sala. El señor Cerda pidió que se fijase dia i hora para la reunion de las comisiones: pero le contestó el señor Presidente que el acordarse sobre este particular era atribucion especial de cada una de las Comisiones.
Luego continuó la segunda discusion pendiente del artículo 10, sobre el proyecto de nombramiento i dotacion de jueces, tomó la palabra el señor Concha i siendo la hora avanzada quedó en ella para continuar en la sesion venidera, con lo que se levantó la sesion. —José Ignacio de Eyzaguirre. — José Miguel Aristegui, Diputado-Secretario.
Núm. 62
▼Conciudadanos del ▼Senado i de la ▼Cámara de Diputados:
La estension siempre creciente que ha adquirido nuestro comercio esterior desde el año de 1833, en que dictó la lei de avalúos hasta el dia; i el progreso continuo de las relaciones que cultivamos con los pueblos mercantiles del mundo, piden ya una reforma en el artículo 4.º de la citada lei.
Por él se manda no pueda hacerse alteracion alguna en la tarifa de avalúos sino cada tres años, período fijo que el Gobierno debe respetar aunque las variaciones del mercado, sujeto hoi a una inconstancia que entónces era desconocida, establezcan frecuentemente diferencias absurdas entre el aforo legal i los precios corrientes de plaza.
Para remediar este inconveniente de fatal trascendencia bajo varios respectos, con acuerdo de mi Consejo de Estado os propongo el siguiente
Artículo primero. Desde el 1.° de Enero de 1843 en lo sucesivo la tarifa de avalúos po