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CÁMARA DE DIPUTADOS

  1. Del Ministerio de Relaciones Esteriores se rebajan $ 30,000 que se pedian para pagar nuevas legaciones.
  2. Del presupuesto para el Ministerio del Interior se rebajan $ 5,615 de las siguientes partidas:


  1. Por la visita de correos $ 2,400;
  2. Por dos oficiales auxiliares de la secretaria de Gobierno de Valparaíso $ 730;
  3. Por uno idem en la Intendencia de Concepción $ 365;
  4. Por $ 2,000 de ausilio que se dan por el Fisco a la Municipalidad de Valparaíso;
  5. Por $ 120 para un lenguaras de indios en Curícó.


  1. Del presupuesto del Ministerio de Justicia se rebajan $ 940 de las partidas siguientes:
  1. Doscientos pesos del sueldo de un oficial amanuense de la Corte Suprema de Justicia:
  2. Doscientos pesos del sueldo del amanuense del Consulado;
  3. Ciento noventa pesos de los gastos de escritorios del mismo tribunal;
  4. Cuatrocientos pesos sueldo del síndico;
  5. Por $ 500 de la cátedra de partida doble del Instituto Nacional. Al mismo presupuesto se agregan $ 550 para pagar la Cátedra de Medicina.


  1. Del presupuesto del Ministerio de la Guerra se rebajan $ 26,713 de las siguientes partidas:


  1. Veinte mil pesos de la suma destinada para vestuario;
  2. Seis mil pesos sueldo del Inspector Jeneral;
  3. Trescientos sesenta i cinco pesos de un ausiliar del Estado Mayor;
  4. Trescientos cuarenta i ocho, sueldo de un capellan de milicias de la provincia de Aconcagua.


Art. 2. Se destina para los gastos de administracion pública en el próximo año de 1842 la cantidad de $ 2.672,692.3 1/8 reales en esta forma:

Para el Ministerio de Relaciones Esteriores $ 59,290.0
Para el del Interior 227,347.7 1/4
Para el de Justicia 198,815.0 ½
Para el de Hacienda 1.176,205.0 5/8
Para el de Guerra i Marina 1.011,034.2 3/4
TOTAL $ 2.672,692 3 1/8

En seguida se tomó en consideracion el informe de la Comision de Gobierno sobre el proyecto de lei del Réjimen Interior, i despues de haber sido adoptado su dictamen por la mayoría de la Cámara, se constituyó esta en Comision jeneral para la discusión del indicado proyecto; en su consecuencia, se procedió al exámen de los artículos en particular i fueron aprobados desde el 1.° hasta el 18, habiendo modificado el 12, añadido el 15. El artículo 16 se mandó redactar nuevamente; al 18 se le suprimió la escepcion 4.ª i se enmendó la 7.ª con lo que se levantó la sesión. —José Ignacio de Eyzaguirre —José Miguel Aristegui, Diputado Secretario.

ANEXO

Núm. 2

La Comision de Hacienda en conformidad de los acuerdos de la Cámara sobre presupuestos, ha redactado el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo primero. —Se aprueban los presupuestos presentados por el Gobierno para el servicio público en el año próximo de 1842 con las deducciones siguientes:

  1. Del Ministerio de Relaciones Esteriores se rebajan $ 30,000 que se pedian para pagar nuevas legaciones;
  2. Del presupuesto para el Ministerio del Interior se rebajan $ 5,615 de las siguientes partidas:


  1. Por la visita de correos $ 2,400;
  2. Por dos oficiales ausiliares de la secretaría de Gobierno de Valparaíso $ 730;
  3. Por uno ídem en la Intendencia de Concepción $ 365;
  4. Por $ 2,000 de ausilio que se dan por el Fisco a la Municipalidad de Valparaíso;
  5. Por $ 120 para un lenguaras de indios en Curicó;


  1. Del presupuesto del Ministerio de Justicia se rebajan $ 940 de las partidas siguientes:


  1. Doscientos pesos del sueldo de un oficial amanuense de la Corte Suprema de Justicia;
  2. Doscientos pesos del sueldo del amanuense del Consulado;
  3. Ciento noventa pesos de los gastos de escritorio del mismo tribunal;
  4. Cuatrocientos pesos sueldo del síndico;
  5. Por $ 500 de la cátedra de partida doble del Instituto Nacional. Al mismo presupuesto se agregan $ 550 para pagar las cátedras de Medicinas; i


  1. Del presupuesto del Ministerio de la Guerra se rebajan $ 26,713 de las siguientes partidas:


  1. Veinte mil pesos de la suma destinada para vestuarios; # Seis mil pesos sueldo del Inspector Jeneral;
  2. Trescientos sesenta i cinco pesos de un ausiliar del Estido Mayor;
  3. Trescientos cuarenta i ocho pesos sueldo de un capellan de milicias de la Provincia de Aconcagua.

Art. 2.º Se destina para los gastos de la Administracion Pública en el próximo año de 1842 la cantidad de $ 2.672,692,3 1/8 reales en esta forma:

Para el Ministerio de Relaciones Esteriores $ 59,290
Para el del Interior 227,347.7 1/4
Para el de Justicia 198,815
Para el de Hacienda 1.176,205.0 5/8
Para el de Guerra i Marina 1.011,034.2 3/4
TOTAL $ 2.672,692.3 1/8

Sala de la Comision, 29 de Octubre de 1841. —Rafael Gatica. —Ignacio de Reyes. —Antonio Vergara.