Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XX (1831-1833).djvu/304

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
300
CÁMARA DE DIPUTADOS

la República. ( V. sesion del 27 de Setiembre último.)

  1. Manifestara la Convencion los inconvenientes con que la Cámara ha tropezado para aprobar dicho proyecto i la necesidad de ponerla en situación de poder fijar los sueldos de aquellos funcionarios.


ACTA

SESION ESTRAORDINARIA DEL 4 DE OCTUBRE

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Barros, Bustillos, Carvallo don Francisco, Carvallo don Manuel, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, García de la Huerta, Gárfias, García don Juan, Larrain don Juan F'rancisco, Larrain don Vicente, López, Manterola, Mathieu, Mendiburu, Moreno, Osorio, Pérez, Portales, Puga, Renjifo, Silva don Pablo, Tocornal don Gabriel, Tocornal don Joaquin, Valdivieso, Uribe, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron dos oficios de la Cámara de Senadores:el 1° comunicando haber designado para elejir a los que deben componer la Gran Convención el sábado 8 del corriente, i el 2º acusando recibo de la nota en que se avisó el nombramiento de Presidente i Vice-Presidente; aquél se tomó en consideración i éste se mandó archivar.

Se leyeron también dos informes: uno de la Comision de Hacienda sobre la agregación hecha por la Cámara de Senadores para hacer estensiva la suspensión del remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo a los demás que se hallen en igual caso, i es de parecer que sea aprobada. Otro de la de Gobierno, en la propuesta hecha por el Ejecutivo del titular de Retimo para obispo de ia diócesis de Concepcion, i somete a la deliberación de la Sala el proyecto de decreto siguiente: "Se aprueba la elección del obispo de Retimo que ha hecho el Poder Ejecutivo para el Obispado de la diócesis de Concepción." Aquél quedó en tabla i éste se tomó en consideración i fué aprobado.

Continuó la discusion en jeneral sobre el proyecto de sueldos del Presidente i Vice-Presidente de la República, i fué desechado.

El señor Presidente hizo una indicación para que la Cámara, en virtud de la facultad que tienen todos los cuerpos públicos para dirijir sus peticiones a la Gran Convención, le manifieste los inconvenientes que ha tenido para designar el sueldo de Presidente i Vice Presidente de la República, i la necesidad que hai de poner a las Cámaras en disposicion de resolver sobre estos interesantes puntos, i fué aprobada, levantándose, en este estado, la sesión. —TOCORNAL. —Vial, diputado- secretario.



ANEXOS

Núm. 320

Publicada la lei que ha sancionado el Congreso sobre reforma de la Constitución Política de la República, i siendo necesario para cumplir con ella proceder a la elección de los individuos que han de componer la Convención, el Senado ha señalado para ella el dia sábado 8 del presente mes; lo que se servirá el señor Presidente hacer poner en noticia de la H. Cámara de Diputados para que, conviniendo en este acuerdo, tenga a bien concurrir dicho dia a esta Sala, a las 11 de la mañana, a fin de que la espresada elección tenga su efecto.

Dios guarde al señor Presidente.— Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 4 de 1831.—Jose Vicente Izquierdo . —Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.



Núm. 321

El Vice- Presidente de la Cámara de Senadores que suscribe, ha instruido a su Sala de la nota que le ha dirijido el de la Cámara de Diputados, con fecha 27 de Setiembre último, en que le comunica haber sido electo Presidente el señor don Joaquin Tocornal i Vice el señor don Santiago De Echevers. Dios guarde al señor Presidente.— Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 3de 1831. —Jose Vicente Izquierdo. — Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.



Núm. 322

La Comision de Hacienda, en la solicitud del cacique del pueblo de Llopeo, don José Negrete, ha visto el artículo adicional sancionado en la Cámara de Senadores, i es de parecer que, por la identidad de motivo, la Cámara puede proceder a su aprobación en los mismos términos en que ha sido aprobado en la de Senadores.

Este es el dictámen de la Comision. —Santiago, Octubre 1° de 1831. —José Manuel Astorga. —José Antonio Rosales. — Manuel José Aspillaga.