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CÁMARA DE DIPUTADOS

minar una negociacion que ya se hacia infructuosa o mas bien perjudicial. Con tal respuesta se despidió el señor Luna i algun tiempo despues supe que habia hecho su renuncia.

El 5 de Diciembre de 1828 me lo avisó oficialmente el señor Ministro de Estado del despacho de Relaciones Esteriores, doctor don Justo Figuerola, i que se le conferian a él iguales poderes para entender en la formación de los tratados, como lo comprueban las copias que se acompañan. [1]

Aceptada satisfactoriamente esta propuesta i convenidos en dar principio a las conferencias, se retardaron por varias evasiones del Ministerio proponente hasta el 9 de Enero, en que volvieron a interrumpirse por las ocurrencias que paso a detallar. Despues de una lijera sesión, que fué necesaria para convencer al Ministro que no le era bastante la investidura de su empleo para entrar en tratados que exijian una particular comision, i accediendo a los votos que significó de salvar en cuanto fuese posible las formas diplomáticas, se dió principio por el artículo del proyecto que establece la alianza defensiva.

El Ministerio quiso esplicaciones sobre este punto, i yo no vacilé en decirle que su tenor era bien espreso cuando se limitaba al enemigo común. Sobre esta respuesta se esforzó a redargüir que el jeneral Bolívar debia considerarse como tal, si es que se daba crédito a las denunciaciones que los papeles públicos le hacían.

Yo repuse que, miéntras estas causas no fuesen de tal naturaleza que, en concepto de mi Gobierno, bastasen a producir un zompimiento, no podia envolver a mi pais en unas desgracias a que no era forzado por ninguna clase de provocaciones.

Observando entónces el Ministro que esta resolución era invariable, pidió tiempo para consultarse con su Gobierno, i quedó acordada la entrevista para el dia siguiente. El 10, despues de haber renovado sus deseos de hacer los tratados sin ceremonia alguna i de concluirlos en la forma mas amistosa i familiar, me preguntó con bastante sencillez ¿cuál habia sido el fruto de mis meditaciones? i habiéndole repetido que era invariable mi resolución ya enunciada, repuso que en tal caso era insuperable tambien el tropiezo que se presentaba al primer paso, porque él tampoco podia prescindir de las adiciones que exijia el artículo; mas, que, sin embargo, instruiría de nuevo a su Gobierno i espondria por una nota el resultado. Despues de esto continuó la conversación en términos familiares; pero sostenida sobre el mismo asunto. Fué preciso manifestarle que habia una especie de disonancia en exijir a Chile una condicion onerosa para unos tratados que envolvían ventajas recíprocas, que si a esto se agregaban las execraciones amargas, que tanto en la tribuna del Congreso como en los papeles públicos se proferian contra los ausiliares del Perú, se convencería de que el pueblo de Chile i su Gobierno no podian prestarse a nuevos sacrificios.

El Ministro trató entónces de satisfacer estas reconvenciones, acojiéndose a la ignorancia común i a las preocupaciones; mas, en el curso de su escusa, manifestó no estar exento de este contajio endémico, porque intentó sostener que Chile estaba compensado con las riquezas que sus hijos habian estraido del Perú. Entónces fué preciso atacarle detenidamente i manifestarle en detal el desnivel que se notaba en la parte comercial, los derechos que pagaban los frutos de ámbos paises, las trabas i molestias que allí sufrían los introductores de Chile i que, por último, si se contraía, como lo dejaba entrever, a la conducta que habian observado algunos ausiliares, debia advertir que Chile habria sido la excepcion del universo si todo su ejército se hubiese compuesto de hombres justificados; que los desórdenes de algunos particulares no hacian bajar el valor del ausilio, ni desmerecer al Gobierno que lo prestaba; con lo cual quedó cerrada la conferencia. Ocho dias despues recibí la

  1. República Peruana. —Ministerio del despacho de Relaciones Esteriores—Casa del Supremo Gobierno en Lima, a 5 de Diciembre de 1828. —9.° —Señor: El infrascrito, Ministro de Relaciones Esteriores del Perú, tiene la honra de participar al señor Ministro Plenipotenciario de Chile que, habiéndole sido admitida al doctor don Francisco Javier Luna Pizarro la renuncia de la lenipotencia que se le confirió para entender en la formacion de bases de amistad, alianza i navegacion, a que provocó el señor Ministro, se le ha dado al infrascrito, que tiene la honra de comunicárselo i de anunciarle que, a la mayor brevedad, procurará verle para conferenciar sobre este particular. El infrascrito saluda al señor Ministro a quien se dirije, reproduciéndole las distinguidas consideraciones con que es su atento obediente servidor. —Justo Figueroa. —Señor Ministro Plenipotenciario de la República de Chile. Legacion de Chile. —Lima, Diciembre 9 de 1828. —Señor: El que suscribe se honra en contestar la recomendable nota del señor Ministro de Relaciones Esteriores del Perú, en que le participa que, habiéndole sido admitida al doctor don Javier Luna Pizarro la renuncia que hizo de la plenipotencia conferida para entender en los tratados de alianza, amistad i navegación a que fué excitado este Gobierno por el que suscribe, ha recaído en el señor Ministro la comision de continuar sobre aquel objeto. El infrascrito se lisonjea con la esperanza de que este cambio produzca, acaso, para entrambas Repúblicas los benéficos efectos que la Legación concibió como un resultado necesario del proyecto que presentó al señor Plenipotenciario renunciante en el mes de Diciembre del año pretérito. El que suscribe tuvo el sentimiento de haber recibido del ex-Plenipotenciario al cabo de ocho meses un contra-proyecto sin que hubiese precedido observacion ni conferencia alguna sobre el proyecto presentado por esta Legacion. Será, en consecuencia, mui grato al que habla, saber por el señor Ministro sustituido, los fundamentos que tuvo el Gobierno del Perú para no conformarse con sus artículos reemplazándolos con otros de una significación mas jeneral i vaga. Si el señor Ministro creyese justo nivelarse a esta costumbre diplomática, el que suscribe le ahorrará la molestia de ser solicitado, i concurrirá al lugar i a la hora que el señor Ministro tenga a bien designarle. Reciba el señor Ministro las mas atentas consideraciones del infrascrito. —Pedro Trujillo. —Señor Ministro de Estado del despacho de Relaciones Esteriores.