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SESION DE 11 DE DICIEMBRE DE 1824

en sesenta mil pesos, i era destinado a despachar la escuadra en busca de las fuerzas españolas, a defender el dominio del Pacífico, sin el cual no podemos llamarnos independientes de España, i a dar un eficaz auxilio al Libertador de Colombia, próximo a serlo del Perú. Difícilmente podrá creerse que en cuarenta dias no pudiese realizarse la mitad de dicho empréstito, i que para ello fuese necesario usar medios fuertes. No debe culparse tanto el patriotismo de los ciudadanos cuanto el descrédito del Gobierno. Muchas veces se les ha pedido con las mismas promesas de la devolucion i con las garantías mas sagradas; pero ninguna se les ha cumplido. Es preciso repetirlo: sin crédito no podemos existir.

¡Quiera el actual Congreso penetrarse de esta verdad i poner con sus manos la primera piedra del edificio del crédito público! Esta seria consolidar la deuda interior, i ya que no estamos todavía en estado de destinar algún fondo para su amortización, al ménos se señalasen cincuenta mil pesos para pagar un corto interes. Cada año se amortiza alguna cantidad sin quererlo, porque deudores a la Hacienda ocurren a pagar sus deudas con las del Gobierno, que no siempre puede desentenderse de la justicia con que se reclama. Por medio de esta consolidacion, los documentos existentes o los nuevos que deberían darse, tornarían algún valor, volverían al jiro esos capitales perdidos, tendrían cómo subsistir muchas familias reducidas a la mendicidad, i, sin disputa, la suma con que se pagase ese ínteres reingresaría en las arcas públicas con usura i bajo el disfraz de derechos de aduanas, etc., etc.

El vehemente deseo que el Gobierno tiene de crear el crédito nacional; los sagrados compromisos en que se halla con los prestamistas ingleses; la desaparicion casi total del empréstito, i la absoluta imposibilidad de sacar cuatrocientos mil pesos anuales para pagar los intereses, en un país aniquilado por la guerra, pobre por los pasados desórdenes i con el déficit en su Hacienda que ántes se ha dicho, obligaron imperiosamente al Gobierno a ejecutar el estanco de tabaco, naipes, licores estranjeros i té, que el pasado Congreso decretó en Enero de este año, bajo la contrata que se publicó. Ella es aun mas ventajosa en varios respectos a los artículos de la mocion que se aprobó por la lejislatura.

Por dura que parezca esta medida i contradictoria a los principios proclamados, la necesidad la hace justa i conveniente. Ella ha sido recibida por el público como la única áncora que salva el crédito esterior de la República. Si se han hecho sentir algunas murmuraciones, es preciso notar que son dictadas por el sórdido interes en unos, i en otros por el deseo de trastornar el órden establecido. Por este motivo, toda medida es mala i perjudicial, como no ponga la fortuna pública en manos de estos aspirantes.

Pocos niegan en vista de la necesidad, la utilidad del estanco; pero algunos le quisieran administrado por cuenta de la República. El año de 1808 produjo el estanco al Gobierno español la utilidad líquida de 183,278 pesos. [1] Obsérvese que entonces éramos rejidos por la unidad i enerjía de un Gobierno tiránico; que entonces obedecíamos con la humillante resignación de los esclavos; que las factorías del Perú pertenecían de una misma autoridad, que Chile no necesitaba avanzar fondos para comprar las especies estancadas, i que en todo habia un órden inalterable. Ahora es bien al contrario, i el estanco debe dar mas de cuatrocientos mil pesos, contando con poner los fondos en Londres, etc., etc.

Es bien cierto que nuestras rentas no alcanzan a cubrir los gastos, pero aun lo es mas que su sistema es viciosísimo i que necesita reformarse.Para demostrarlo se sentarán dos principios económicos que pueden fijarse como máximas seguras en contraposición de las erradas que sienta el mensaje del Senado:

  1. Las entradas deben proporcionarse a los gastos precisos para existir como nacion, i no éstos a aquéllas.
  2. Deben preferirse aquellas contribuciones que vejan ménos al ciudadano, producen mas a la Nación i cuesta ménos su recaudacion.

El primero es tan claro que solo no querrá entenderlo quien tenga ínteres en nuestra ruina.

El segundo tambien lo es, i para solver cualquiera sofisma que pudiera inventar la lójica escolástica, obsérvese que en el sistema actual cuesta la administración de Hacienda un veinte por ciento, i en el nuevo que trata de establecerse, cuando mas un seis. El ramo de patentes que está en planta, ha producido en esta ciudad i la de Valparaíso, hasta hoi, veinte mil pesos; en toda la República producirá cuarenta mil i solo tiene de costo el valor de cuatro resmas de papel sellado i dará cuatro veces mas que ántes.

El proyecto de contribucion directa está bien adelantado, habiéndose ya repartido un gran número de declaraciones de capitales. Ellas se recojerán llenas si el Soberano Congreso sanciona la lei que luego le será presentada. Lo mas conveniente en la utilidad de la medida i de la necesidad de tomarla; pero no en los medios que se indican para realizarla. Cuando se discuta en el Congreso, el Ministerio la apoyará con la estension que pide la materia, i que no permiten los límites de esta Memoria. Debe esperar, sin duda, tan grande oposicion será mui conveniente si la discusion que existe es movido por el interes jeneral; pero si, al contrario, lo es por la ciega rutina, por el espíritu de partido, por el puro odio a las innovaciones, es preciso desesperar de la formación de un sistema de Hacienda bajo bases seguras i justas, i de la inviolabilidad de las propiedades particulares. Ellas serán atacadas arbitrariamente como hasta aquí cuando lo exija la necesidad.

  1. Véase nota 5, al final del anexo.