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CONGRESO NACIONAL
CONGRESO NACIONAL
SESION 34, EN 7 DE ENERO DE 1825
PRESIDENCIA DE DON ISIDRO PINEDA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobación del acta precedente. —Mocion del señor Muñoz de Bezanilla sobre anulación del acuerdo relativo a la subsistencia de la Constitución. —Id, del señor Infante sobre que el Congreso se declare constituyente. —Id. del mismo sobre abolicion de la subasta de los diezmos. —Id. del mismo sobre reforma de la constitución de párrocos de 1813 i dolacion de éstos. —Id. del mismo sobre observancia del reglamento escolar de 1813. —Id. del mismo sobre el derecho de iniciativa. —Estado de la Tesorería. —Mocion del señor Vera sobre dicho estado. —Presupuesto de los gastos de un rejimiento de caballería i un batallón de infantería. —Fijación de la tabla. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director acompaña un estado jeneral de la Tesorería, en el que se apuntan las entradas i salidas del Estado. (Anexo núm. 207. V. sesión del 3.)
  2. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña un presupuesto de los gastos que un rejimiento de caballería i un batallón de infantería causan. (Anexo número 208. V. sesión del 31 de Diciembre de 1824.)
  3. De una mocion que el señor Muñoz de Bezanilla hace para que se anule el acuerdo que declara subsistente una parte de la Constitución. (Anexo núm. 209. V. sesión del 4.)
  4. De un proyecto de lei del señor Infante, proyecto que declara abolida la subasta de los diezmos i manda suspender el remate anunciado. (Anexo núm. 210. V. sesión del 20 de Octubre de 1823.)
  5. De otro proyecto del mismo, que encarga al gobernador del Obispado adicionar o reformar la constitución de párrocos de 1813 i pasarlo en seguida al Congreso para sancionar ladotacion de éstos. (Anexo número 211. V. sesión del 5.)
  6. De otro proyecto del mismo, para pedir al Ejecutivo el reglamento de 1813 sobre erección de escuelas, a fin de que hallándose arreglado, se mande observar. (V. sesión del 18 de Mayo de 1824.)
  7. De otro proyecto del mismo, para declarar que solamente los representantes de la Nación tienen derecho a proponer iniciativas de lei. (Anexo núm. 212. V. sesión del 5.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Dejar para segunda lectura la mocion