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SESION DE 7 DE ENERO DE 1825

veces, de sufrir sus insultos. Esto solo es sufrible en un pueblo que está sujeto a un réjimen despótico i que ha sido educado bajo la férula de los tiranos, porque solo en Constantinopla podrían sufrirse las degradaciones que se esperimentan en Chile. Aquí hai una multitud de ociosos que se mantienen solo del llanto de todos los demás ciudadanos.

Un señor diputado ha hecho ver que se gasta en la recaudación de diezmos medio millón de pesos; este cálculo me parece aun poco exacto. Yo estoi cierto que en la recaudación de diezmos ¡alcabalas gasta el pueblo cerca de 700,000 pesos; este es un gasto efectivo, i ¿qué administración hai buena en que, para recaudar 200,000 pesos, gaste el público 700,000 pesos? Esto es perjudicial no solo con respecto al Erario sino también a los Ministros del Culto. Para evitar todos los inconvenientes, pueden mandarse reunir los hombres buenos de cada provincia para que calculen el importe de lo que podrá contribuir cada pueblo, remítase al diputado del pueblo esa regulación; es obra mui fácil. Luego en la Sala con estos datos se podrá arreglar la riqueza nacional. Se me dirá que la riqueza nacional no importe quizá el valor suficiente para que dé un tanto por ciento sobre ella i pueda señalarse una renta fija al Erario. Digo a esto que, aun cuando el impuesto gravase en un 200 por ciento, le traería mas cuenta al contribuyente i ménos perjuicios en sus intereses.

Tampoco se puede decir que haya oposicion en los pueblos, porque creo que es lo único que admiten con placer, porque se librarían ademas de muchas cargas que los oprimen de pagar el derecho de casamiento, de entierros i otras mil pensiones, i no sufrirán esa multitud de ociosos que, a título de publícanos, insultan al hombre de bien en su posicion i propiedad i ya no se sujetará a esos hombres que se llaman diezmeros, que porque pertenecen a los teólogos, presumen que pueden comprometer i que tienen algún influjo en la conciencia de los ciudadanos.

Si el diputado de cada pueblo le asegura que la contribución que se le va a imponer es la mas adecuada, quedará satisfecho, porque los pueblos deben estar ciertos que ninguno se interesa mas en su bienestar que su mismo representante. No tengo un inconveniente en asegurar desde ahora que, cuando el diputado diga a su pueblo que con esta contribución se le va a exonerar de todo derecho, en el momento se convendrá en ello.

El señor Infante. —Ya el señor preopinante ha dicho lo bastante despues de haberse espuesto inconvenientes para la abolicion de los diezmos; pero no vaya a ser que esto influya en el ánimo de los señores diputados para que no permitan la suspensión del remate, que es la cuestión de que se trata. Se puede decir que los pueblos han manifestado su repugnancia para la contribución directa; pero lo primero, esta repugnancia puede no ser adecuada; lo segundo, si se les pone un plan de contribución directa i no se les indica que se les va a quitar toda contribuciou indirecta, creerán que sobre eso se les va imponer mas. Antes de establecerse, se les debe advertir que con esa contribución quedan libres de toda carga; para esto, dótese a los párrocos i désele a los pueblos todos los medios de poder adelantar, i ios pueblos contribuirán para los gastos del Erario i no para esas manos intermediarias i para los nuevos establecimientos. Para remover los escrúpulos de algunos individuos, se ha puesto la proposicion de que la décima parte de la contribución directa subrogase a los diezmos.

Los 700,000 pesos que ha dicho un señor, o al ménos, los 500,000 que he dicho en mi mocion, que lucran de mas los espendedores i recaudadores (suponiendo que solo ganen 500 pesos cada uno) eso mas recibirá el Erario i todo lo que se sustrae por esas manos intermediarias. Para que no se les cause a los pueblos ese grave mal, pido la suspensión de las subastas, porque de otro modo se hará ilusoria la mocion misma.

El señor Elizondo. —Señor, si el punto en cuestión es si debe suspenderse o nó el remate de diezmos, ya se ha dicho por uno de los señores que se causan perjuicios individuales, i se le contestó que eran preferibles los jenerales, en cuyo bien debian ceder los perjuicios particulares; pero esa contribución directa, de que tanto se ha escrito i que no hemos visto planteada en ninguna parte, debe ser incierta la conveniencia pública que deba traer.

Por otra parte, a mí me hacen bastante fuerza los argumentos que se han espuesto en su favor; pero no encuentro con qué poder subrogar esa contribución decimal, porque ese plan será obra de mucho tiempo, i el Erario necesita recursos del momento. Ya se sabe que si tuviésemos de pronto i pudiésemos decir: esto es lo que se subroga, todos convendrán en ello. Yo también estoi por las bellezas que se han escrito en la Europa sobre esta materia; pero estoi bien convencido de que son meras teorías mui difíciles de practicarse i por un bien incierto o solo presumible, no hemos de quitar al Erario casi la única entrada fija que tiene.

El señor Vera. —Yo creo que, cuando se trata si se ha de mandar suspender el remate de los diezmos, no se trata de mandar suspenderlos sino demorar el dia en que se ha de hacer el remate i ningún inconveniente se me presenta de cuantos he escuchado. Primero que han venido hombres de campaña i que éstos sufren los gastos ordinarios en la capital. Yo me avergüenzo de que esto se llame gran perjuicio i que se llame incomodidad quince dias que puede retardar el remate, cuando serán quince dias de paseo que tengan en la capital i que aun cuando no se resuelva por el Congreso esta mocion, la sola utilidad que los ha traido, vale mas que los pocos pesos que pueden gastar en la capital. Ahora,