Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo X (1824-1825).djvu/253

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Núm. 229

ESTADO DEMOSTRATIVO de las efectivas entradas que ha tenido la Tesorería Jeneral desde Febrero de 1817 a 31 de Diciembre de 1824 con esclusion de las cantidades reintegradas i entradas que han emanado por venta de especies o efectos que se han comprado por cuenta fiscal, a excencion del producido de azogues, tabaco, i pólvora que se ha creido especificado en su ramo.




Año 1817
Año 1818 Año 1819 Año 1820 Año 1821 Año 1822 Año 1823 Año 1824 Total Jeneral
1 Dinero tomado al enemigo 147,806 146






2 Diezmos 50,591 110,246 87,850 147,491 109,756 122,996 148,145 279,467 1.056,542
3 Papel sellado 1,072 5,058 10,115 13,345 12,305 15,981 12,282 6,753 76,961
4 Idem, de ciudadanía
464 800 1,950 1,550 1,050 450
6,264
5 Bulas de cruzada i cuadrajesimales 2,102 7,299 4,951 5,969 2,845 7,441 7,087 3,788 41,482
6 Derecho de bandera

999 544 240


1,783
7 Derecho i venta de pólvora 681 2,745 3,897 187


2,307 9,817
8 Martillo 303 93 53 30 204 733

1,416
9 Lotería 358 48





406
10 Mensualidad 87,103 27,511 70,312 47,949 17,659 3,976 341 3,315 258,166
11 Media-annata 69 105 59 37 53 48 24 81 476
12 Diezmos de plata i derecho de cobos 30,095 25,891 12,738 4,583 8,477


81,784
13 Cuatro por ciento de oro 19,497 18,475 19,761 20,726 4,923


83,382
14 Cinco por ciento de cobres 2,909 9,365 2,754 3,775 280


19,083
15 Fomento de minería 11,027 11,649 9,570 7,528 3,226 2,455 2,960 342 48,757
16 Multas o condenaciones 103,268 145,732 31,842 1,986 1,438 500 437 340 285,543
17 Empréstito forzoso 386,761 189,126 14,401 110,251 7,990 1,909
32,525 742,963
18 Donativo voluntario 155,704 177,374 5,076 21,366 42,404 5,621 100 343 407,988
19 Canal de Maipo 3,000 3,000 4,250 4,015 6,928 5,248 5,354 3,749 35,544
20 Licores 13,657 7,545 18,601 32,906 39,691 23,241 5,602 2,060 143,311
21 Panaderías 14,040 17,560 9,140 52,511 22,039 52,294 7,294
174,878
22 Secuestros 363,067 234,273 96,974 33,444 17,218 14,860 1,668 513 762,017
23 Pontazgo 1,205 1,368 991 473



4,037
24 Temporalidades 11,406 16,121 30,761 4,046 34,665 36,599 20,346 4,502 158,446
25 Limosnas de cautivos
200
373
215 22
810
26 Derecho de carnes muertas 1,471 11,017 11,350 10,834 24,644 13,016 12,832 15,605 100,769
27 Habilitaciones de edad
14




850 864
28 Consulado
1,081
918



1,999
29 Impuesto a la leña i carbón
587 7,096 14,921 7,617


30,221
30 Presas i comisos
113,103 51,498 10,122 580 60,776 3,141 964 240,184
31 Caminos
5,817 6,631 17,312 14,366 28,027 14,943 11,121 98,247
32 Balanza
29,993 22,055 12,796 14,467 1,152
10 80,473
33 Fletes de buques

1,000 919 138 378 93 636 3,164
34 Pólizas impresas para la Aduana





2,013
2,013
35 Anclaje





4,500
4,500
36 Lasto de Ministros

2,563 341



2,904
37 Ventas de tierras de indios 194




657

851
38 Plaza de toros 1,072






1,072
39 Patentes de comercio





13,158

13,158
40 Oficios vendibles 311






211
41 Premio de plata i oro acuñado

2,640 238 284 1,645

4,807
42 Imposición de capellanías


2,983
2,000
6,000
10,983
43 Depósitos 52,709
109,954 32,430 35,812 56,705 21,360
11,569
320,539
44 Mesadas eclesiásticas 650 650


1.461,478 1.173,006 650,682 619,379 431,799 458,874 271,651 400,648 5.467,517
45 Aduanas 260,282 825,235 753,235 944,540 979,842 1.586,468
1.013,492
677,229
7.040,323
46 Pasavantes

18,000 158,207



176,407
47 Casa de Moneda. 65,043 159,269 28,374 33,431 33.975
54,351
13,165
20,134
407,742
48 Correos
200
1,500 6,810
6,111
10,906
7,774
33,301
49 Tabacos. 140,751 22,239 5,357 1,244 140

117,521
20,119
307,371
50 Azogues 9,446 24,385 1,221 1,411 3,073
10,474

22,007
72,017
51 Suplementos al Erario. 2,000 102,912 147,729 143,691 32,029
160,267
111,433
60,525
760,586
52 Empréstito de Londres.





579,563
246,402
825,965
53 Suplemento del Ministro del Perú.





16,000
47,000
63,000

Suma total de todos los ramos. 1.939,000
2.307,246
1.604,798
1.903,403
1.487,668
2.276,545
2.133,731
1.501,838
15.154,229

Valor de los nueve ramos que anteceden 477,522
1.134,240
254,116
1.284,024
1.055,869
1.817,071
1.862,080
1.101,190
9.686,712

Igual con la suma que forman los 44 ramos, 1.467,478
1.173,006
650,682
619,379
431,799
458,874
271,651
400,648
5.467,517


Contaduría Jeneral, 12 de Enero de 825. —Rafael Correa de Saa.


  1. Aunque los 240,184 que aparecen en el ramo de presas i comisos, son con esclusion de lo dado a los partícipes en los años de 18, 19, 22 i 24; mas, no habiéndose podido hacer esa misma deducción en los de 20, 21 i 23 por haber sido en ellos su data mayor que el cargo, corresponde rebajarse de la suma total los 53,587 pesos que importó esta data en los espresados años, quedando así un líquido de 186,597 que debe responder a las acciones de presas que se están demandando.
  2. De los 176,407 pesos del ramo de pasavantes deben deducirse 3,212 pesos que se devolvieron en el año de 821 en el cual no se ha hecho la respectiva rebaja, lo mismo que en los demás años, por no haber tenido entrada alguna el espresado ramo, que queda, por lo mismo, reducido aun líquido de 173, 175 pesos.
  3. De los 762,017 pesos que aparecen por secuestros, deben rebajarse 15,706 pesos que en el año de 823 se devolvieron por secuestrados indebidamente, cuya deducción no se ha hecho en el espresado año, como en los demás por haber sido su cargo menor que su data, i por lo mismo debe quedar reducido al líquido de 746,311 pesos.
  4. De los 407,742 pesos que aparecen como productos de la Casa de MoneJa deben rebajarse 16,264 pesos que la Tesorería Jeneral del producto de sus ramos pagó por ella en el año de 823; por no haber tenido la espresada casa cómo haber cubierto este crédito, quedando por lo mismo reducidas sus remesas al líquido de 391,478 pesos.
  5. Si las remesas de la Casa de Moneda aparecen en la cantidad de 391,478 pesos, es por haber pasado a la Tesorería, no solo el producto de su jiro, sino también sus fondos entre los que se cuentan S6,O8L pesos 4 reales, que hasta fin de 824 debe el ramo de quintos.
  6. En el producido de las rentas están comprendidos los sueldos de ella, como pagados por la Tesorería Jeneral desde el año de 21.
  7. Cuando en el año de 817 las armas de la Patria volvieron su libertad a Chile, solo se encontraron con la renta de tabaco i sus administraciones por 80,000 mazos i algunas libras en polvo; de consiguiente, de los 307,371 pesos que aparecen en este ramo deben rebajarse los valores de las especies indicadas, i lo demás es resultado de las compras de tabaco, que desde el año de 817 para adelante ha hecho la Tesorería Jeneral.
  8. A los 80,473 pesos que aparecen como productos del ramo de balanza, deben agregarse 28,950 que en el año de 821 cobró la aduana de Valparaiso según su estado, i por no estar presentadas las cuentas de aquella administracion de los años de 22 i 23, no se espresa el producido de este ramo en esos años, hasta que se remitan, que será luego, por haberlos pedido con repeticion.
  9. A los 213,923 pesos, que importan los ramos de quintos de oro i plata, i fomento de minería, deben agregarse 86,061 pesos 4 reales que ha cobrado la Casa de Moneda desde 1.° de Diciembre de 821 a fin de igual mes de 824, resultando así un total de 299,994 pesos.
  10. Aunque el estado de la cuenta puede padecer de algunas inexactitudes, por el plazo en que se ha formado; pero seguramente no serán de consideración, ni perjudicarán caalquier plano o cálculo que pueda formarse, teniéndolo por su base.
  11. Aunque en el ramo de Pontazgo aparece el total de 4,037 pesos, deben tenerse por mas producto 3,290 pesos reales, que del año de 23 a 24 ha cobrado la Aduana Jeneral, cuyas dos sumas hacen el total de 7,327 pesos 5 1/4 reales. —Correa de Saa.