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SESION DE 19 DE ENERO DE 1825

que se quiere seguir los mismos pasos del Congreso pasado. El Congreso solo debe entenderse con el Gobierno Supremo, a él i a quien se debe encargar que tome cuenta al intendente de las faltas que cometa, porque el Gobierno es responsable de todos los subalternos, ¿se tiene confianza en el Poder Ejecutivo? Que él le pregunte al intendente por qué hizo la prorrata. De nó, se desacredita el Congreso como el otro. El Gobierno está a cargo de sus subalternos i él debe responder por ellos.

El señor Presidente. —¿Por qué tiene el Ejecutivo la atribución de nombrar a los subalternos? Porque él es responsable de sus acciones. Si a él no se consultase, con mucha razón dirá que se habian atropellado sus atribuciones, porque él solo debe juzgar i él quien debe entenderse con el Congreso, salvo en el caso de que se hubiese de juzgar al Ejecutivo ántes de ser; se podrían llamar subalternos por via de informe para formar el proceso. En el parlamento inglés estamos viendo sobre ese negocio de negros hacer recurrir a los capitanes de buques, pero esto es un error.

El señor Ovalle, don J. A. —Creo que es indudable que ha habido infracción de lei, se ha prevenido en la Constitución que todo hombre que obrase contra la propiedad estaba incluso en las penas que se impusieron para los que quebrantasen tal lei. El intendente no pudo obrar por sí; ¿qué pierde el Congreso en llamarle para que diga si fué por órden del Ejecutivo? Esto seria una advertencia al Ejecutivo para que se contenga en lo sucesivo. ¿Por qué se ha de hacer una lei cuando ya existe? Nada haremos con hacer leyes para que no saquen prorratas, si no se han de cumplir; se han hecho prorratas hoi, ayer i ahora tres meses: jamas se han pagado. Se han mandado sacar 300 caballos, i qué sé yo si el intendente o los subalternos se han estendido hasta 400. Se ha dicho en la Sala que los comisionados se han enriquecido con las prorratas; es preciso que se remedien estos abusos; pero será un mal que ya está hecho i que ya no se podrá remediar.

El señor Calderón. —Yo creo, señor, que para evitar este mal no podria ser de otro modo que teniendo el Estado de donde sacar caballos, principalmente cuando ocurre un asunto rápido. No hai caballos, como no los hubo en el levantamiento de ese escuadrón, que se necesitaba que la tropa saliese inmediatamente para irlo a contener i se demoró algunos dias por falta de caballos. Estoi cierto que el Gobierno mandó al intendente que sacase 70 caballos solamente, i éstos en la mayor parte se han repuesto, porque 30 se mandaron sacar de la campaña de Guías, i así es que los caballos que se han sacado no pueden ascender a mas de 40 o 50, a no ser que haya habido algun abuso en los comisionados.

El señor Presidente. —Es una cosa bastante penosa, pero que tiene tanto tiempo como el principio de nuestra revolución. Yo he hablado con un sujeto bastante intelijente, el señor don Manuel Salas, sobre un reglamento que se hizo en tiempo dei intendente Ebe i que nunca tuvo efecto; yo creo que en todas partes es un mal jeneral. En la Memoria del Ministro de Colombia se encuentra un retrato exacto de los males que, con las prorratas, se padecen aquí. Lo mismo sucede en Méjico, i allí propone el Ministro un método de asiento, donde se remata por los particulares la provisión de caballos, i me parece un buen método. Por lo que dice el señor Calderón, es una lástima que, no necesitando el Erario mas que 40 o 50 caballos, los comisionados saquen 200. Yo, en lugar del Ejecutivo, no hubiera procedido como procedió solo de su dictámen a esta prorrata, porque podia haber pasado un oficio o una esquela al Congreso, para que lo habilitase a hacer esta prorrata i no tendría la responsabilidad que ahora puede tener.

El señor Infante. —Las garantías o la inviolabilidad de las propiedades es lo primero en todo Estado. Esta es lei que hemos visto atacada aquí. El llamar al gobernador-intendente me parece una medida imponente, i que nos puede informar, i nos podria aclarar para cuando establezcamos esa lei. Si nos contentamos con un oficio al Ejecutivo para que le tome cuenta al intendente, nos quedamos en la nada. Se ha dicho que ya está hecho el daño, ¿i no se podrían indemnizar esos daños a los infelices que los han esperimentado? Los males que se han cometido por la exacción de prorratas, ha causado infinitos males, de que no hacemos alto, porque ya nos hemos acostumbrado a ese método militar o violento.

Yo veo que en Chile el ejército se compone de tropas de infantería i caballería; éste debe tener sus caballos i no debe quitar caballos a nadie, porque es un ataque a la propiedad, porque propiedad es también un caballo, como lo es un terreno, i si el Congreso debe tomar a su cargo las garantías ¿por qué no lo hace ahora que se ha quebrantado la mas sagrada, atacando la propiedad? Por eso la Comision ha informado que, por conducto del Gobierno, se llame al intendente para que esponga los motivos que tuvo de hacer esa prorrata, i para que nos ilustre haber si podemos remediar esto. A un pobre se le quita un caballo por un soldado que tiene que darle cuatro reales o un peso, que quizá no tendrá mas para que le vuelva su caballo. Así, yo insisto en que se oficie para que inmediatamente llame al intendente para que informe i para que el Congreso dicte una lei que remedie estos males, que yo creo que no se necesita hacer otra que nunca mas exista la prorrata.

El señor Vera. —Yo creo que el Congreso nunca debe erijirse en tribunal de justicia sobre lo que él mismo u otro tribunal hayan establecido. La inviolabilidad de las propiedades es uno de los primeros derechos del hombre, pero