- propietario don Lorenzo Fuenzalida, a quien el suplicante está supliendo, a fin de poder ir a dirijir los trabajos de un fundo que arrienda. (Anexo núm. 407. V. sesiones del 25 de Enero, del 18 de Febrero i del 4 de Marzo de 1825.)
- De otro oficio en que don Isidoro Errázuriz, diputado propietario por Melipilla, pide se le exonere de este cargo por hallarse imposibilitado a causa de sus enfermedades para desempeñarlo. (Anexos números 408 i 409. V. sesiones del 9 i del 18.)
- De un informe de la Comision de Justicia sobre la querella del doctor Ramírez de Arellano. Opinan los informantes que no corresponde al Congreso entender en este asunto i que se dirija el querellante al Gobierno para que le haga justicia. (Anexo núm. 410. V. sesion del 9.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Contestar al Supremo Director que, por parte del Congreso, no se opone óbice, a que don Francisco Ramon de Vicuña acepte el Ministerio de Hacienda (Anexo núm. 411. V. sesiones del 22 de Febrero de 1825 i del 27 de Setiembre de 1826.)
- Sobre el proyecto del señor Vera, para reglar la devolucion de los bienes secuestrados, que la Comision de Hacienda informe. (V. sesiones del 7 de Marzo i del 11 de Abril de 1825.)
- Sobre el proyecto del señor Calderon, para declarar libres el uso de las playas i el beneficio de la sal, que informe la Comision de Comercio. (V. sesion del 4 de Marzo de 1825.)
- Llamar a don Fernando Urízar a que venga a presentar sus poderes de diputado propietario por Rere. (Anexo núm. 412. V. sesion del 20.)
- Dejar en tabla el proyecto de contribucion directa. (V. sesiones del 9 i del 18); el de libertad del comercio de cabotaje (V. sesiones del 9 i del 18), i el de prohibir que en las tesorerías fiscales se reciban pagarées. (V. sesiones del 9 de Febrero de 1825 i del 13 de Setiembre de 1826.)
ACTA
Se abrió con asistencia de los señores Albano, Argomedo, Araos, Arriagada, Baquedano, Bezanilla, Campino, Cáceres, Calderon, Cordovez, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Fernández, González, Hurtado, Huid, Iñiguez, Infante, Lazo, Luco, Merino, Montt, Muñoz, Mancheño, Ovalle don José Antonio, Ovalle don Vicente, Ocampo, Olmedo, Prieto, Palazuelos, Pérez, Pineda, Rodríguez, Valdivieso, Vera i Vicuña.
Se leyó el acta de la sesión anterior, i fué aprobada i firmada por el señor Presidente.
Se recibió un oficio del Supremo Director, anunciando que la marcha de la administracion se hallaba detenida por el vacío que ha dejado en el Ministerio de Hacienda la dimision que ha hecho de él don Diego José Benavente, i que, para subrogarle i evitar la paralizacion de los negocios, habia venido en nombrar a don Francisco Vicuña, diputado del Congreso i su actual Presidente, para cuya admision suplicaba a la Sala prestase su consentimiento.
El señor Vicuña hizo una breve esposicion al Congreso de las dilijencias que habia practicado para escusarse de la admision de este cargo i de los motivos en que apoyaba su escusacion, siendo el mas poderoso de los que habia espuesto al Director Supremo, por escrito i de palabra, el de no pertenecer a sí mismo sino al cuerpo que tenia el honor de presidir. Presentó los documentos referentes a su esposicion i despejó la Sala.
El Congreso tomó en consideracion este negocio i despues de haberlo observado por todos sus aspectos, lo declaró bastantemente discutido.
En seguida, el señor Presidente propuso el siguiente proyecto de contestacion:
«Ofíciese al Ejecutivo, que por parte del Congreso, no hai embarazo alguno para que el señor Vicuña acepte el cargo de Ministro de Hacienda para que se le ha nombrado.»
Se tomó votacion i resultaron veinte i nueve sufrajios que aprobaron la proposicion i siete que la desecharon.
En esta virtud, se proclamó sancionado por mayoría absoluta el proyecto indicado; i el señor Vicuña, personándose de nuevo a la Sala, le dió las gracias por las consideraciones que le habia merecido i se despidió.
Los señores Iñiguez, Infante i Ovalle don Vicente, opinaron que habia embarazo para la aceptacion del señor Vicuña.
En este estado se levantó la sesion, anunciándose para la próxima el proyecto para el establecimiento de la contribucion directa, el del señor Cordovez sobre el comercio de cabotaje i el de