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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo X (1824-1825).djvu/82

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CONGRESO NACIONAL
  1. No aceptar el sistema de votacion que consiste en manifestar la voluntad poniéndose de pié i quedándose sentado, i disponer que se hagan las votaciones nominal mente i espresándolas por sí o por nó.
  2. Que haya votaciones por escrutinio secreto, i dejar constancia en el acta de los que han votado en este punto por sí i por nó.
  3. Dejar en tabla lo restante del reglamento interior. (V. sesiones del 3 i del 6.)

ACTA

Se abrió con asistencia de los señores Argomedo, Ovalle don José Antonio, Ovalle don Vicente, Gandarillas, Luco, Mendiburu, Fuenzalida, Caldero, Borgoño, Olmedo, Bezanilla, Fernández, Pineda, Pérez, Vicuña, Campino, Henríquez, Elizondo, Meneses, Iñiguez, Echeverría, Muñoz, Ruiz, Elizalde, Montt, Baquedano, Albano, Eyzaguirre, Prieto, Infante, Palazuelos, Huid, Hurtado, Caldera, González, Cordovez, Lazo i Ocampo.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

El señor Eyzaguirre hizo presente al Congreso que seria conveniente se resolviese la mocion pendiente, sobre si los diputados que ejercen empleos de jurisdiccion debían cesaren su ejercicio o continuar en él, apoyando la necesidad de esta resolucion, en los atrasos que sufria el despacho público i en la incompatibilidad del encargo de diputado con las funciones de destinos jurisdiccionales. Se tomó en consideracion i discutida bastantemente, se acordó que los diputados que obtuvies en algun destino con jurisdiccion debian suspender sus jestiones ínterin dure la presente lejislatura.

El señor Iñiguez presentó la siguiente mocion: "Ofíciese al Ejecutivo previniéndole sobre que cese toda resolución en órden a enajenacion de bienes nacionales, i en el caso de haberse realizado alguna venta, sea depositada su importancia en la caja de descuentos sin hacer de ella el menor uso, hasta que el Soberano Congreso determine por una lei el modo i forma de la enajenacion de dichos fundos.

Que suspenda igualmente cualquiera providencia que tenga residencia a objetos jenerales o de gravedad, hasta que el Congreso sancione lo que halle convenir." Se tuvo por primera lectura i se reservó para las siguientes.

Continuó la discusion del reglamento en el capítulo VI, que trata de las proposiciones, desde el artículo 6.° inclusive; discutidos el 7.°, 8.° i 9.° fueron aprobados sin adicion.

Concluido este capítulo, se principió a discutir el VII, que regla la forma de las discusiones, i fueron aprobados los artículos 1.°, 2°, 3.°, 4.°, 5.°, 6.°, el 7.° en los términos siguientes: "Cualquier diputado podrá hablar dos veces en cada discusion sobre un mismo negocio."

El señor Campino opinó que en todas las discusiones......... por el reglamento no pueda hablar un diputado sino dos veces. Los artículos 8.°, 9.° i 10 fueron aprobados sin adicion.

Se puso en discusion el capítulo VIII, que habla de las votaciones. En el artículo 1.°, que designa los jéneros de votacion, se cuestionó sobre si los habria por los signos de ponerse en pié o quedarse sentados. Declarado este punto bastantemente discutido, se llamó a votacion; realizada ésta, resultaron dieziseis sufrajios por la afirmativa i veintidós por la negativa; quedando acordado que no hubiese votacion por signos. En seguida se preguntó a la Sala si debia haber votacion nominal por el sí o el nó, i se acordó por unanimidad la afirmativa.

Se cuestionó inmediatamente si se deberia establecer la votacion por escrutinio, i para intelijencia de los casos en que se admitia este método de sufragar, se leyó el artículo 2° que los detalla. En esta situacion, el señor Infante dijo que hacia mocion para que todas las votaciones fuesen públicas. El señor Argomedo propuso que la votacion de escrutinio, no solo debia tener lugar en las elecciones de personas, sino tambien en todos los negocios que tuvieren tendencia a interes personal.

El señor Iñiguez hizo igualmente mocion para que la votacion sobre si debe haber o no escrutinio, debia ser secreta.

Tomado en consideracion el punto en cuestion, se hicieron observaciones sobre él; i discutido bastantemente, se llamó a votacion; realizada ésta i la calificacion de sufrajios, resultaron 23 votos por la votacion de escrutinio, 11 por la votacion pública i 4 por que fuese libre sufragar de un modo o de otro. En esta virtud, resultó sancionada por mayoría la votacion por escrutinio.

La Sala acordó, a peticion de varios diputados, se espresase en el acta del dia el nombre i voto de los que habian sufragado en la proposicion resuelta.

Por la votacion pública opinaron los diputados siguientes: Infante, Luco, Palazuelos, Fernández, Muñoz, Bezanilla, Hurtado, Ovalle don Vicente, Calderon, Caldera i González; por la votacion libre los siguientes: Albano, Cordovez, Gandarillas i Borgoño; por el escrutinio los siguientes: los señores Argomedo, Ovalle don José Antonio, Mendiburu, Fuenzalida, Olmedo, Pineda, Campino, Henríquez, Elizondo, Meneses, Iñiguez, Echeverría, Muñoz, Ruiz, Elizalde, Montt, Baquedano, Eyzaguirre, Prieto, Pérez, Huici, Lazo i Ocampo.

Se llamó a discusion la proposicion del señor