ciales, cuando conviene: tiene cada uno quinientas mil maravedis[1], de estipendio para su sustento, en la caja real de Manila, sin las ofrendas y derechos de sus pontificiales, que todo junto, segun la comodidad y barato de la tierra, es muy bastante para su sustentacion; por ahora no tienen iglesias con prebendados, ni se les da estipendio para ello.
Los prelados regulares son los provinciales de las cuatro órdenes mendicantes de Santo Domingo, San Agustin, San Francisco, la compañía de Jesus, descalzos Agustinos; los cuales, cada uno gobierna sus religiones y las visitan, que tienen casi todas las doctrinas de los Naturales, en lo que es administracion de los sacramentos, y conversion (de gracia) conforme á sus privilegios y bulas Apostólicas, en que hasta ahora se conservan; y lo judicial, como vicarios de los obispos, y por nombramientos y poderes suyos; los descalzos Agustinos hasta ahora no tienen doctrinas, por ser recien entrados en las islas.
Susténtanse los monasterios de algunas rentas particulares, que tienen y han adquirido; especialmente los Agustinos, y los de la Compañía, y socorros y ayudas de costa que su Magestad les ha dado; los Dominicos y Franciscos no tienen ni admiten rentas ni propiedades[2], y ellos y los demas, lo principal de que se valen, es de las limosnas, ofrendas, y sufragios, de las partes donde estan y administran, que esto se hace, así por los Españoles, como por los Naturales,
- ↑ De 750 á 1,000 $. Ahora tienen estos señores obispos 6,000 $ cada uno, con 2 Padres asistentes de 100 á 150 $ mensuales.
- ↑ Esto pudo ser verdad en tiempo de Morga, pero parece que desde entonces se reformaron estas órdenes, porque hoy tienen propiedades, y la orden dominicana cuenta, no solo con riquísimas haciendas en Filipinas, como las de Biñan, Sta. Rosa, Kalamba etc. sino también numerosísimas propiedades en las vecinas colonias, como en Hong-Kong, donde maneja sus millones, construye continuamente casas, negocia, toma acciones, etc., perteneciendo la mayor parte de las propiedades de la isla á la Spanish Dominican Procuration, muy respetada hasta en la Court por sus enormes caudales.