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Registro Nacional: Libro II/033

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Buenos Aires, 13 de enero de 1826.

REGLAMENTO.

Del producto de las presas se harán tres partes, una para la oficialidad, y dos para las tripulaciones y guarniciones.— El primer tercio que corresponde a los oficiales se distribuirá en la forma siguiente.

Al jefe de escuadra 15 partes
Al coronel 6
Al teniente coronel y comisario de la escuadra. 4
Al sargento mayor 3
Al capitán con mando 2 ½
Al mismo sin mando 2
Al teniente con mando 1 ½
Al mismo sin mando 1
Al alférez con mando 1
Al mismo sin mando. Oficial aventurero, piloto, cirujano y contador ½
Al aspirante ¼


Los dos tercios que corresponden a las tripulaciones, y guarniciones en la forma siguiente.

A los contramaestres y primeros guardianes. 4
A los segundos carpinteros, calafates, condestables, pilotines, sargentos, baqueanos, y maestros de velas 3
A los practicantes, patrones de lancha, y despenseros 2
A los artilleros de preferencia y cabos de tropa 1 1/2
A los marineros y soldados 1
A los grumetes. ¼


Heras.

Marcos Balcarce.