Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (129)

De Wikisource, la biblioteca libre.

Volver al índice
Ir al anterior
Ir al posterior


  • TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
    • CAPÍTULO VII. El estacionamiento
        • B) La prueba
          • 2) La permanencia


Los restantes empleados de “Jet Parking” y los clientes que depusieron, dieron diversas referencias en cuanto a la existencia de camionetas, sin concordar en cuanto a la ubicación en la playa; por ello, nada permite afirmar que estuvieran aludiendo al mismo rodado que protagonizó el episodio del 15 de julio (cónf. declaraciones de Elba Noemí Alesso, Mario Alberto Boskis, Alfredo Horacio Di Fonzo, Néstor Alfredo Gibernau, Jorge Alberto Hurst, Alejandro Mario Lucchelli, Jorge Alberto Ruiz, María del Carmen Sallete y Rubén Luis Sosa).


Párrafo aparte merece la declaración de Nelly Marta Tilli de López, clienta de la playa, quien dijo haber visto estacionada una camioneta el domingo anterior al atentado, alrededor de las 17.45 ó 18.00, ubicándola en un sector coincidente con el señalado por los empleados mencionados en el apartado que antecede. Asimismo, hizo alusión a la presencia de una persona sentada en el asiento del acompañante.


Sin embargo, las circunstancias referidas por la nombrada -tanto la referencia temporal como la persona que dijo haber visto-, no fueron corroboradas por el testimonio de ningún otro empleado o cliente del lugar; extremo que no permite afirmar que hubiera aludido al mismo vehículo que José Antonio Díaz y Jorge Carlos Giser.


Volver al índice
Ir al anterior
Ir al posterior