Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (97)

De Wikisource, la biblioteca libre.

Volver al índice
Ir al anterior
Ir al posterior


  • TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
    • CAPÍTULO VI. Carlos Alberto Telleldín
        • A) La Trafic de "Messin"
          • b) La camioneta
            • v) Teccedin


Con respecto a la adquisición del rodado por parte de Carlos Telleldín obra en autos la factura nº 0000-00001126 de “Automotores Alejandro” del 4 de julio de 1994, que da cuenta de la operación referida, a nombre de Carlos Alberto “Teccedin”, libreta de enrolamiento nº 14.536.215, con domicilio en J. Salk 2878 de Olivos (cónf. fs. 276vta.).


Asimismo, a fs. 276 obra la fotocopia de una hoja emitida por computadora, aportada por Gabriel Meli, correspondiente a la base de datos de la firma “Automotores Alejandro” en la que consta, como vendida a Carlos Alberto “Teccedin”, la Trafic C 1.498.508, cuyos demás datos coinciden con los de la factura antes indicada, a excepción del número de dominio, que difiere por un dígito.


El 26 de julio de 1994 el Departamento Protección del Orden Constitucional determinó que el domicilio que surgía de la documentación era inexistente y que el Documento Nacional de Identidad nº 14.536.215, según informe del Registro Nacional de las Personas, correspondía a Carlos Alberto Telleldín, domiciliado en J. Salk 2798 de la localidad de Olivos, nacido el 25 de junio de 1961 en Sáenz Peña, provincia de Buenos Aires, hijo de Raúl Pedro y Lidia Seeb (cónf. constancia de fs. 272).


También se cuenta en autos con la factura nº 1126 –original- de “Automotores Alejandro”, que fue secuestrada el 27 de diciembre de 1994 en ocasión de allanarse uno de los domicilios de Telleldín, sito en la calle Roosevelt 2462, piso 3º, depto. “A” de Capital Federal.


A tales elementos de juicio cabe agregar las declaraciones testimoniales prestadas por los empleados de dicha agencia.


En este sentido, Roberto Christian Orlando expresó que en 1994 trabajaba en la firma “Alejandro Autos”, encargándose de cotizar y comprar vehículos para la reventa. Si bien negó haber participado en la compra de la Trafic de “Messin”,

admitió que supo que unos meses antes del atentado a la A.M.I.A. se vendió una camioneta Renault Trafic de color blanco o similar, a cuyo adquirente desconocía, admitiendo que conocía de vista a Telleldín o “Teccedin” por haberlo cruzado en algunas oportunidades en la agencia.


Por su parte, Roberto Francisco Orlando manifestó que hacia 1994 se desempeñaba en el comercio de Monjo, encargándose de la compra de automóviles por intermedio de las compañías de seguros. Señaló que en el primer semestre de ese año adquirió una Trafic quemada a una empresa textil con domicilio en la calle Alsina al 1600 ó 1700, reconociendo el recibo obrante a fs. 364 como el que se extendió en la ocasión, cuya letra no le pertenecía. Indicó que recién conoció a Telleldín a partir de su aparición en los medios de comunicación.


A su turno, Hugo Antonio Tortorella expresó que desde 1992, aproximadamente, se dedicó al manejo de la documentación de los automotores y a la confección de las facturas de venta en la empresa “Automotores Alejandro”, de la que Telleldín, al que conocía de vista, era cliente desde 1992.


Admitió haber confeccionado la factura nº 0000-00001126, recordando que días después del atentado fue convocado a la empresa por Gabriel Meli, quien le requirió la entrega de toda la documentación de esa Trafic.


Por su parte, Carlos Arturo Tarela explicó que con posterioridad al atentado y en virtud de su calidad de apoderado de “Automotores Alejandro”, Roberto Orlando padre le comentó que la noche anterior había ido a la agencia a buscar una documentación; circunstancia que lo llevó a acercarse al comercio y luego al Departamento Protección del Orden Constitucional, en donde no le requirieron ningún dato acerca de la camioneta, ni fotografías de ella. Señaló que en esa primera oportunidad concurrió a la dependencia policial junto con Orlando y luego, sin recordar si fue al día siguiente o dos días después, fue

nuevamente, acompañando a Monjo.


Si bien reconoció su firma en la declaración obrante a fs. 263, prestada el 26 de julio de 1994 ante el D.P.O.C., desmintió en el debate, sin explicación convincente, haber aportado los domicilios de “Teccedin” y las fotografías de la Trafic en cuestión, lo que motivó, como se explica en otro apartado de la presente, que sea denunciado por el presunto delito de falso testimonio.


Rolando Sanabria declaró que en 1994 trabajaba para “Alejandro Autos” como chofer de una grúa y en tareas de mantenimiento. Refirió que si bien conocía a Telleldín como “el Petiso”, por ser cliente de la empresa, nunca trasladó vehículos para el nombrado.


Recordó que para abril o mayo de ese año había una Trafic con el motor y parte del interior quemados, la parte de atrás entera y que rodaba con las ruedas traseras, la que su hermano Eusebio, según sus dichos, trasladó a lo de Telleldín.


A su vez, Eusebio Sanabria, quien realizaba similares tareas a las de su hermano, indicó que en marzo o abril de ese año ingresó a la playa de la calle Campana 3928 una Renault Trafic incendiada en la parte mecánica y en su interior, con dos puertas delanteras y portones traseros, que luego fue vendida.


Recordó que trasladó dicha camioneta hasta una casa particular, en la localidad de Florida, que tenía un garaje al lado y portón de madera, en la que, por no haber encontrado a nadie y previa consulta telefónica, la desenganchó y dejó en el lugar, retornando a la agencia con el sobre que contenía la documentación. Reconoció el utilitario en las fotografías obrantes a fs. 231/239 –sin recordar si tenía la chapa patente-, como así también el plano de fs. 30.104, que confeccionó para señalar el itinerario recorrido para su traslado, hasta un taller de la calle Alsina.

Por último, expresó que a Telleldín, a quien conocía como “el Petiso”, le había llevado varios rodados a un lavadero de la calle Pelliza, enterándose de su nombre por los medios.


Finalmente, Gualberto Quintín Rocha Siles, encargado de tareas de maestranza en “Automotores Alejandro”, precisó que en marzo o abril de 1994 vio allí una Trafic siniestrada e hizo saber que luego del atentado se enteró por los medios que una Trafic vendida en la agencia fue utilizada en la explosión.


A lo expuesto se aduna el allanamiento practicado en la agencia “Automotores Alejandro S.R.L.”, sita en Campana 3928 de esta ciudad, el 28 de julio de 1994 a las 3.55, conforme surge del acta glosada a fs. 362, ocasión en que se secuestró la documentación obrante a fs. 363/364, entre la que se destaca un recibo provisorio por $ 3000 a nombre de “Messin S.R.L.” por la venta del rodado dominio C 1.498.506, una nota de Marcelo Mariani a “Solvencia S.A.” remitiendo documentación de la unidad (título del automotor, formulario “08” certificado por escribano, libre deuda de infracciones y cupones de patente) y una hoja manuscrita que reza “Luis Salinas - Alsina 1874 C.F. - Pagar en $ 3000 – 49-3452, 40-5781, 372-849... – Trafic 89 – De Juncal”.


Al respecto, fueron coincidentes las declaraciones testimoniales prestadas durante el debate por los testigos de actuación Carlos Alberto Bertazzo y Fernando José Bardanca, como así también por el inspector José Luis González del Departamento Protección del Orden Constitucional.


Por su parte, del legajo B de la Trafic C 1.498.506, surge que, si bien el 28 de abril de 1994 Rodolfo Américo Setau -gestor de la agencia “Automotores Alejandro”- solicitó un informe de estado de dominio ante posible compra, no figura asentada la transferencia de dicho vehículo de “Messin S.R.L.” a persona alguna.


Complementan lo expuesto las notas de la Dirección Nacional de los Registros

Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios agregadas a fs. 9862/9863 y 11.771/11.774, que dan cuenta de los automóviles de los cuales Carlos Alberto Telleldín y Alejandro Víctor Monjo, respectivamente, figuran como titulares, entre los que no se encuentra la camioneta de mención. En igual sentido, a fs. 9997 el mismo organismo informó que Telleldín no fue denunciado como adquirente de automotor alguno a partir de abril de 1994.


Por su parte, Ana María Boragni aportó una copia del título del automotor dominio C 1.498.506 a nombre de “Messin S.R.L.” y tres formularios “08” n 05437671 de ese vehículo certificados por el escribano Rodolfo José Silvestre, en los que aparece como vendedor o transmitente Isaac P. Meta, en su carácter de apoderado de aquella empresa, con los restantes datos en blanco (cónf. fs. 307 y 309/310).


Por último, en ocasión de declarar en el debate, Ana María Boragni manifestó, en un primer momento, que Telleldín compró la Trafic de mención a Alejandro Monjo en forma individual y no en un lote junto con otros automotores; circunstancia que luego desvirtuó al sostener como posible que la hubiera adquirido en un lote junto con un Renault 9, retirando poco a poco los rodados que lo integraban.


Explicó que muchas veces su marido compraba lotes de vehículos y, ante la falta de la totalidad del dinero o del lugar para guardarlos, los retiraba de a uno.


Por otra parte, no recordó si luego del atentado, Telleldín le pidió a Monjo que efectuara alguna modificación en la factura de venta de la Trafic.



Volver al índice
Ir al anterior
Ir al posterior