Tratado de la pintura/CCCXXXVIII

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§ CCCXXXVIII.[editar]

De los contornos.

Los contornos de las cosas de segundo término no han de estar tan decididos como los del primero. Por lo cual cuidará el Pintor de no terminar con inmediación los objetos del cuarto término con los del quinto, como los del primero con el segundo; porque el término de una cosa con otra es de la misma naturaleza que la línea matemática, mas no es línea; pues el término de un color es principio de otro color, y no se puede llamar por esto línea; porque no se interpone nada entre el término de un color antepuesto á otro, sino el mismo término, el cual por sí no es perceptible. Por cuya razón en las cosas distantes no debe expresarlo mucho el Pintor.