Tratado de la pintura/CXLVII

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§ CXLVII.[editar]

Del color de la sombra de cualquier cuerpo.

Nunca será propio ni verdadero el color de la sombra de cualquier cuerpo, si el objeto que le oscurece no tiene el mismo color que el cuerpo á quien oscurece. Por ejemplo: si en una pieza, cuyas paredes sean verdes, se pone un objeto azul, entonces la parte iluminada de este tendrá un bellísimo color azul, y la parte oscura será de un color desagradable, y no como deberia ser la sombra de un azul tan bello; porque le altera la reverberación del verde que hiere en él; y si las paredes fuesen de un amarillo anteado, sería mucho peor.