Autor discusión:Armando Palacio Valdés

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No parece que sus obras estén en dominio público, pues la ley no se aplica retroactivamente en ningún caso. Al haber sido aprobada la vigente ley de propiedad intelectual tras el fallecimiento de Armando Palacio Valdés, sus obras no entrarán en dominio público hasta 80 años después de su fallecimiento, como determinaba la ley vigente entonces y como se reconoce en la actual. De modo que sus derechos no quedarán exentos hasta el 29 de enero de 2018. Al respecto, puede consultarse la siguiente página: http://filosofia.org/derechos.htm. —El comentario anterior es obra de 83.97.236.35 (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo. 09:08 12 ago 2006‎

Ah, vaya, qué de matices y recovecos tiene la ley, no lo sabía. Considero entonces recomendable su borrado. --KillOrDie 21:39 17 oct 2006 (UTC)[responder]
Killer es una ficha... no se borra, ya que puden existir documentos de dominio público, no necesariamente obras. Y de todas formas sirve para evitar posteriores errores de otros usuarios.--Silvestre 10:41 18 oct 2006 (UTC)[responder]
No seas ladrillo (con perdón). Secuencia explicativa: 1-"No parece que sus obras estén en dominio público", 2-"Considero entonces recomendable su borrado", borrado de tales obras, quiero decir, of course, en concreto http://es.wikisource.org/wiki/La_religi%C3%B3n_del_porvenir
Aui, --KillOrDie 11:46 18 oct 2006 (UTC)[responder]

Aclaración[editar]

Cada país tiene sus leyes de copyright, y en wikisource valen las de USA, ver Wikisource:Copyrights. —El comentario anterior es obra de ‎Lingrey (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo. 21:04 11 dic 2006