Constitución de la República Argentina (1826)/Sección III
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SECCION III.
DE LA FORMA DE GOBIERNO.
7. La nacion argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana, consolidada en unidad de régimen.
8. Delega al efecto el ejercicio de su soberanía en los tres altos poderes, legislativo, ejecutivo, y judicial, bajo las restricciones expresadas en esta constitucion.