Gaceta del Salvador/Tomo 2/Número 48

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Gaceta del Salvador en la República de Centro-América (1850)
Tomo 2 Número 48

página 1 TOM. 2. NUM. 48.



Gaceta del Salvador
en la República de Centro—América.


{}La suscricion a este periódico importa seis reales por trimestre vencido.—Los números sueltos se espenderán a real.

S. Salvador, Febrerode 1850.

{}Este periódico se publicará todos los viérnes de cada semana.—Se admiten suscriciones en la Imprenta del Estado.



Oficial[editar]

Oficial.

Cámaras Lejislativas[editar]

Camaras Lejislativas.

 Ministerio de relaciones y gobernacion del Supremo Gobierno del Estado del Salvador.——(N. 2.º)
 El Senador encargado del S. P. E. del Estado del Salvador.—Por cuanto: la Asamblea jeneral ha decretado lo que sigue:
 El Senado y Cámara de Diputados del Estado del Salvador,
 Habiendo procedido á la apertura de los pliegos que contienen los votos emitidos para el Presidente del Estado que debe funjir en el periodo constitucional de 1850 y 1851: y resultando del escrutinio practicado por una comision del seno de la Asamblea, que el actual Presidente Sr. Dn. Doroteo Vasconzelos ha sido reelecto popularmente conforme al artículo 42 de la Constitucion y al decreto de 9 de Marzo del año pp., da despues de practicada de la insaculacion que previene el artículo 43 de la misma constitucion, han venido en declarar y

Declaran:

 Art. 1.º—Se ha por Presidente Constitucional del Estado del Salvador reelecto popularmente para el periodo de mil ochocientos cincuenta y cincuenta y uno, al señor D. Doroteo Vasconzelos.
 Art. 2.º—Se ha por Suplente del Presidente reelecto para el mismo periodo, al Sr. Lic. D. Felix Quiróz designado segunda vez por la suerte.
 Comuníquese al Supremo Poder Ejecutivo para que lo haga imprimir, publicar y circular con la solemnidad debida.
 Dado en la Ciudad de San Salvador, á 26 de Enero de 1850.—Agustin Morales. D. P.—José M. Zelaya, D. S.—Anjel Quiróz D. S.
 Por tanto: EJECUTESE—San Salvador, Enero 29 de 1850.
 RAMON RODRIGUEZ.
 El Secretario de Relaciones y Gobernacion.

Rafael Pino.
——

 Ministerio de relaciones y gobernacion del Supremo Gobierno del Estado del Salvador.——(N. 2.º)
 El Senador encargado del S. P. E. del Estado del Salvador.—Por cuanto: la Asamblea jeneral ha decretado lo que sigue:
 El Senado y Cámara de Diputados del Estado del Salvador,
 Habiendo procedido de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 24 de febrero de 848 á designar los tres Senadores que deben ejercer el Poder Ejecutivo en caso que sea necesario depositarlo durante el receso de las Cámaras; y resultando con mayoría absoluta de votos los señores Senadores Dn. Ramon Rodriguez, Dn. Miguel Santin y Dn. Francisco Castro Mesones, han tenido á bien decretar y

Decretan.

 Artículo único—Hanse por designados para ejercer el Poder Ejecutivo en el presente año, caso de depósito y por el órden de su nombramiento á los Señores Senadores Dn. Ramon Rodriguez, Dn. Miguel Santin y Dn. Francisco Castro Mesones.
 Comuníquese al Poder Ejecutivo—Dado en San Salvador en el salon de sesiones de la Asamblea jeneral á 30 de Enero de 1850—Agustin Morales, D. P.—José María Zelaya, D. S.—Anjel Quiróz, D. S.
 Por tanto: EJECUTESE—San Salvador, febrero 1.º de 1850—Ramon Rodriguez.—El Secretario de relaciones y gobernacion.

Rafael Pino.

Hacienda[editar]

Hacienda.
Estado del Salvador

CUADRO demostrativo de las tercenas de tabaco rematadas en todo el Estado conforme à la nueva planta que se ha dado à esta renta por decreto lejislativo de 15 de marzo de este año, y por el tèrmino de nueve meses corridos desde 1.º de Enero de 850 al 30 de Setiembre del mismo año que concluye el económico de hacienda.

DEPARTAM.s TERCENAS. Producto mensual en dinero. Producto mensual en bonos y vales y créditos contra la Factoría. Producto de nueve meses en dinero. Producto de nueve meses en bonos y vales y créditos contra la Factoría. Total en dinero y documentos.
SAN SALVADOR Del Norte de S. Salvador 80. 720. 720.
Del Sur de id. 120. 1.080. 1.080.
Opico 50. 50. 4. 450. 454. 4. 904. 4.
Olocuilta 20. 180. 180.
SONSONATE Sonsonate 30. 270. 270.
Santa Ana 40. 360. 360.
Ahuachapam 13. 117. 117.
Izalco 15. 135. 135.
Metapam
CUSCATLAN Cojutepeque 30. 80. 270. 720. 990.
Suchitoto 25. 20. 225. 180. 405.
Ylobasco 15. 135. 135.
Chalatenango
Tejutla 6. 184. 54. 1.656. 1.710.
SAN VICENTE San Vicente 60. 450. 540. 4.050 4.590.
Zacatecoluca 30. 1. 270. 9. 279.
Sensuntepeque 20. 180. 180.
SAN MIGUEL San Miguel
San Alejo 40. 360. 360.
Usulutan
Chinameca 40. 360. 360.
Sauce 20. 180. 180.
Gotera y Osicala
TOTAL 521. 918. 4 4.689. 8.266. 4. 12.955. 4.

NOTAS.——1.ª Por acuerdo Supremo de 18 de julio último se dispuso mandar sacar al asta pública por créditos contra la Factoría las tercenas que habia vacantes hasta aquella fecha, y fueron rematadas bajo esta condicion la del canton del Sur de esta ciudad y la de Ahuachapam; de modo que han quedado sin rematar solamente las cinco tercenas siguientes.—Metapan, Chalatenango, San Miguel, Usulutan y Gotera.  2.ª—El crédito circulante en favor de los cosecheros y habilitadores, y contra este ramo asciende: á 26.536 pesos 3½ reales.  Tesorería jeneral del Estado.—San Salvador, diciembre 31 de 1849.—BENITO OROZCO. página 2

La Gaceta[editar]