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Buenos Aires, Abrli 10 de 1890.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha dirigido al Ministerio de Hacienda de la Nación la nota que precede, en la que hace presente que las dificultades y peligros para el Banco de la Provincia, expuestos en su nota anterior de 7 del corriente, subsisten y se acrecientan y que temeroso de que pueda producirse un conflicto grave, ha resuelto solicitar del Poder Ejecutivo de la Nación autorice un adelanto por la Oficina Inspectora de Bancos Nacionales Garantidos, de sietc millones de pesos en calidad de préstamo, del que solamente harú uso por absoluta necesidad y á medida que las exigencias previstas lo requieran; que invoca las altas razones de patriotismo enunciadas en su anterior nota y no trepida esc Gobierno en asumir ante el país la responsabilidad de la concesíón que se vé en el imprescindible caso de solicitar,-y por los demás fundamentos contenidos en el acuerdo de 8 del corriente, sobre entrega de emisión al Banco Nacional y al Banco de la Provincia de Buenos Aires.

El Presidente de la República en acuerdo de ministros DECRETA : Art. 1° Queda autorizado el Señor Ministro de Hacienda para hacer entrega al Banco de la Provincia de Buenos Aires, por la Oficina Inspectora de Bancos Nacionales Garantidos, hasta la suma de siete millones de pesos ($ 7.000.000) en emisión de los Bancos Nacionales Garantidos, en calidad de préstamo y con cargo de devolución cuando lo determine el Señor Ministro de Hacienda.