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NUÑEZ DE PINEDA Y BASCUÑAN.

lo que no era por hacer daño, tendria el mesmo castigo; y así, callad la boca, y averiguarémos el caso de secreto, y si tuviere fundamento lo que me habeis dicho, con todo secreto y silencio, sin que lo sienta la tierra, veréis como es castigado con toda severidad y rigor. Por vuestra vida que no publiqueis lo comunicado, que a todos importa; traed esta noche a vuestra mujer a mi casa, que quiero examinarla con cuidado. Hízo lo así el indio, y el amo se informó de ella y citó a otras que en aquella ocasion las habian llevado al intento, con cuyas declaraciones quedó manifiesta la de el indio; con que encargó a todas el silencio, dándoles a entender que con todo recato y disimulo se habia de castigar a aquel sacerdote y llevarlo a parte adonde purgase su pecado y no pareciese mas entre las jentes. Y el castigo que le dieron, fué enviarlo a Santiago, adonde supimos que se estaba paseando: y esta fué la pena que tuvo maldad tan grave. ¿Cómo decis los españoles que las iglesias no son mas que para rezar y decir misa en ellas? Y sois unos embusteros (aunque perdoneis, capitan), porque no servian los templos de otra cosa que de ser capa de semejantes maldades; con achaque de llevar las mujeres a enseñarlas a rezar, a oir misa y a confesarlas, hacian lo que os he dicho y mucho mas, y si, como decis vosotros, que Dios asiste en las iglesias y no permite tales maldades y pecados tan descubiertos, ¿cómo no castigaba a estos malos sacerdotes, que tan desenfrenadamente vivian, y en medio de sus templos atropellaban sus leyes? Esta fué la enseñanza que tuvimos, la primer leche que mamamos, y la dotrina que aprehendimos de vuestros antepasados.

CAPITULO II.

En que se prosigue la conversacion de nuestro viejo, y se ponderan algunas razones. Con admiracion suspenso he escuchado vuestras razones, respondi al cacique a todo su razonamiento, y ahora no me maravillo de que fuesen asoladas, destruidas y abrasadas estas ciudades antiguas; que aunque os parece (amigo Quilalebo) que no tuvieron castigo de la mano de Dios, semejantes excesos y maldades, las propias ruinas de estas poblaciones y edificios despoblados, las muertes y cautiverios de tantos españoles y españolas nos estan insinuando, con manifiestas acciones, la recta justicia de nuestro Dios y Señor: porque de otra suerte ¿cómo habiais de ser vosotros poderosos a emprender una cosa tan árdua y dificultosa como despoblar tantas ciudades, degollar tanto número de españoles, acometiendo a las murallas y fortalezas sin armas iguales a las suyas, si no fuese permision del cielo y castigo conocido del divino y providente juez? Catad ahí la sentencia ejecutada por el supremo Dios, bien castigados y purgados los delitos y culpas que me habeis referido, pues a letra vista (como dicen) fuisteis ministros y ejecutores de su mandato y voluntad divina, tomándoos por instrumento de su justo juicio. ogitant in ou