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HISTORIADORES DE CHILE.

rato sobre el caso y sobre lo platicado con el cacique, para dar algun pasto a la proposicion de nuestro libro.

CAPITULO VII.

102 ASUL900 in A baboy, o En que se ponderan las razones del cacique Quilalebo, y se manifiesta ser la guerra injusta, por no haber podido ser compelidos estos bárbaros a entrar en el gremio de la Iglesia a fuerza de armas. QU sadorin di ¿Cómo pudieron estos naturales infieles tener verdadero conocimiento de Dios N. S. y de nuestra relijion cristiana, con semejantes ejemplares como los que atras quedan insinuados? Reconocidos bien y averiguados, habrá quién a esta nacion bárbara, de infieles ni traidores los calumnie? Si la luz que habia de abrir camino a sus ciegos discursos y incapaces entendimientos, era una confusa noche de tinieblas, con públicos pecados y atroces culpas forjada y entretejida, ¿no era forzoso que estuvieran siempre a escuras, sin acertar al blanco verdadero de nuestra fee católica? Paréceme que no tiene duda esta propuesta. Pues ¿cómo han informado al Rei N. S., que felices años guarde el cielo, que estos naturales son herejes, sobre cuya proposicion fué fundada la cédula real de su esclavitud, que es la que ha perturbado la quietud y sosiego de este reino? Lo primero digo, que por ser contra la verdad el informe referido, la esclavitud de esta nacion la hallo por no bien justificada; porque si por herejes han de ser esclavos los rebelados vasallos, estos no lo son ni lo han sido jamas, por no haber tenido verdadero conocimiento de nuestro Dios y Señor. Pruébolo con los principios de esta conquista, que como queda apuntado en otros capítulos, la guerra principiada o conquista a fuerza de armas no fué justa, por haber faltado en lo principal de las condiciones que pone Santo Thomas para que la accion de guerrear sea lícita y bien emprendida: que vuelvo a repetir en este lugar, que siendo la intencion depravada de los que la principian, y a sus particulares fines dirijida, aunque sea la causa justa y el permiso lejítimamente adquirido, no será la guerra ajustada a lei divina ni humana. Pues vamos al beneplácito y consentimiento del príncipe, si le pudo dar o no, siendo de la suerte referida. San Pablo dijo, que no tenia que entremeterse con aquellos que estaban fuera del gremio de la Iglesia, y Santo Tomas expresamente dice, que la Iglesia no tiene jurisdiccion en los infieles que nunca tuvieron luz de la fee, ni puede castigarlos; y si la Iglesia quisiese hacerlo, fuera tener mas mano y señorio sobre ellos que el mesmo J. C. en cuanto hombre, que aunque en potencia estuvo sujeto y subordinado el comun y universalidad de los hombres a su poder infinito, en actu no; porque Cristo, nuestro bien, no quiso todo el poderio en cuanto hombre en la obra, de la manera que en cuanto Dios lo comprehende todo: de que se saca que la Iglesia no puede tener mas poder que Cristo S. N., y el castigo de estos infieles que nunca tuvieron luz de nuestra fee santa, lo reservó el Supremo