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Página:Constitución de la República Argentina (1826).djvu/13

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Manifiesto.

cuidadosamente como, en la provision de los destinos públicos, franquea la carrera del mérito, y brinda con las primeras recompensas á la virtud, y á los talentos.

En cuanto á la administracion interior de las provincias, examinad atentamente todo el contesto de la seccion séptima, que establece sus bases, y organiza su régimen, y hallareis todas las ventajas, que han podido ser el objeto de vuestros deseos. Quizá excedan las esperanzas de aquellos mismos pueblos, que buscaban exclusivamente en la federacion la garantía de sus intereses locales. Reservando la constitucion á cada una de las provincias la eleccion de sus autoridades, pone en sus manos todos los medios de hacer su bien. Quedan constitucionalmente en plena posesion de sus facultades para procurarse la prosperidad posible, aprovechando los favores de su clima, la riqueza de sus frutos, los efectos de su industria, la comodidad de sus puertos, y cuantas mejoras puede prometer á un pueblo libre la fertilidad del suelo, de mancomun con la actividad del hombre. ¡Provincias, pueblos, ciudadanos de la República Argentina! Ved aqui resuelto sencillamente el gran problema sobre la forma de gobierno, que ha inquietado la confianza de algunos, y ha suscitado los temores de otros. Vuestros representantes, ligados como vosotros á la suerte de la Patria, por idénticos títulos, por iguales intereses, han entresacado todas las ventajas del gobierno federal, separando solo sus inconvenientes; y han adoptado todos los bienes del gobierno de unidad, excluyendo únicamente cuanto podia tener de perjudicial á los derechos públicos, é individuales. Como las abejas industriosas que, extrayendo el jugo de diversas flores, forman su delicioso panal, asi, escogiendo los bienes, y segregando los males de los diversos