Ir al contenido

Página:Constitución del Estado de Nuevo México 1910 español.pdf/24

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

Artículo IV – Departamento Legislativo

la continuidad y funcionamiento eficaz del gobierno estatal y local, disponiendo procedimientos para emergencias que se deben utilizar únicamente durante períodos de emergencias catastróficas. La emergencia catastrófica se define como período cuando el daño a personas o a la propiedad, en este estado, causado por ataque del enemigo, es de tal magnitud que se haya declarado un estado de sitio, y se haya declarado emergencia catastrófica por el más alto funcionario ejecutivo de los Estados Unidos y el más alto funcionario ejecutivo del estado, y la asamblea legislativa no haya declarado por resolución conjunta que la emergencia catastrófica haya terminado. Al declarar emergencia catastrófica el más alto funcionario ejecutivo, dentro de siete días, convocará sesión extraordinaria de la asamblea legislativa que permanecerá en sesión continua durante la emergencia catastrófica, y podrá suspender, de cuando en cuando, la sesión por [no] más de tres días. (Aprobada por el pueblo el 8 de noviembre 1960.)

24