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dado esta enseñanza, y oponerse a su profesión de militar, conozco que no pueden resultar de este enlace las consecuencias que deben ser in- separables de un matrimonio cristiano, para que entre padre e hijos haya la buena armonía que debe consultarse principalmente a fin de evitar el escándalo y ruina de las familias, que tanto se oponen a los santos fines del matrimonio.

Excelentísimo señor :

Don Martín Thompson, alférez de fragata de la real armada, ante V. E., del modo más conforme a derecho digo: que desde mediados del año de 1801, contraí esponsales con doña María de los Santos Sánchez de Velasco, hija legítima de don Cecilio Sánchez de Velasco ya finado, y de doña Magdalena Trillo de este vecindario, y aunque con el fin de inducirlos, a matrimonio en quietud de nuestras propias conciencias y observancias de un contrato tan sagrado como recomendable por todos los derechos, solicité el consenso de sus padres, bien persuadido de que ningún motivo les asistía para negarlo y mucho menos para que haciéndose árbitros de la voluntad de la niña en materia tan delicada, aspirasen a su variación o