debido al auge de los saladeros que originará la expansión de la ganaderia y de las actividades comerciales. Una legislación protectora emanada del gobiemo bonaerense intentó el desarrollo del comercio a través de la liberación de derechos de tránsito y de patente para los buques nacionales que atracaran en Patagones. En esta coyuntura económica favorable y contextuada en la política colonizado- ra y de resguardo de la frontera del gobernador de Buenos Aires Martín Rodríguez y su ministro Bernardino Rivadavia, se dictó el decreto del 22 de Septiembre de 1821, que dispuso el otorgamiento de terrenos en merced a los pobladores de Patagones. Se reglamentó la entrega de tierras (21 de Diciembre de 1821) disponiendo Ia concesión de solares urbanos de 50 varas defrente y fondo, una suerte de chacra de media-legua cuadrada ysuertesde estancia de una legua cuadrada?‘ La solicitud debía ser elevada al Comandante del fuerte, que disponía la concesión, siendo el gobiemo provincial el encargado de emitir los títulos de propiedad correspondientes. Este decreto de 1821 constituyó el primer ordenamiento legal en materia de tierras para Patagones y la margen sur. Estuvo en vigencia hasta la sanción de la ley del 30de Octubre de 1855.25 Sobre la base de la documentación existente, advertimos que se otorgaron tierras cuyas medidas se expresaban en varas, leguas o cuadras. Los solares urbanos solicitados tenían dimensiones menores a las dispuestas por Ia legislación, especialmente en sus frentes, que en algunos casos no superaban las catorce o diecisiete varas. Se suscitaron algunos con■ictos, motivados por la despreocupación o■cial, la imposibilidad de establecer limites precisos a las tierras, los dificultosos reconocimientos gubemativos posteriores a la concesión, cuestiones que perdurarán como constante al estudiar la adjudicación de tierras en la comarca durante el siglo XIX. A modo de ejemplo, Eusebio García recibió en 1843 un terreno en la zona conocida como La Boca, en la desembocadura del río en el océano. Este terreno tenía una extensión de ‘1 ‘A leguas y comenzó a poblarse en 1852. Aparente- mente Garcia no habría logrado la propiedad plena del mismo, ya que en 1859 73 A partir de 1820 Patagones y su zona de influencia revitalizó su economía
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