Página:Fernández Saldaña - Diccionario Uruguayo de Biografías (1810-1940).djvu/465

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legado Apostólico Obispo de Canopo, resolvió el interdicto limitando la jurisdicción de Fernández a la capital, y designando a Rivero Vicario interino en campaña, mientras durase la guerra, con carácter de revocable a su arbitrio.

Atenta su investidura superior en la iglesia nacional, el presbítero Fernández fué llamado a formar parte de la Asamblea de Notables, constituida en la capital sitiada en funciones de parlamento provisional, por resolución superior de 14 de febrero de 1846. En ejercicio de este cargo le cupo ser electo vicepresidente.

Al llevarse a cabo la instalación efectiva de la Universidad, conforme al decreto de 15 de julio de 1849, firmado por Joaquín Suárez y su ministro Manuel Herrera y Obes, designóse para el puesto de Rector del nuevo Instituto al presbítero Vicario Apostólico Fernández, y en desempeño de su honroso cargo, el Consejo que presidia redactó el reglamento a que debía ceñirse la marcha de nuestra principal casa de estudios.

Concertada la Paz en Octubre de 1851, monseñor Veira, encargado ad interim de la Legación de la Santa Sede en Río Janeiro, — siempre por oficios de Lamas — revocó el nombramiento de Rivero a la vez que restablecía a Fernández en la plenitud de su jurisdicción territorial.

En ejercicio de sus funciones falleció el Vicario el 1° de octubre de 1852, poco antes de la media noche, y con su muerte abrióse en la historia eclesiástica nacional un capítulo de conflicto que iba a demorar en ser solucionado y el cual podría resumirse del modo siguiente.

Fernández, en el curso de su vicariato, había nombrado al presbítero Joaquín Reina provisor sustituto, y más tarde lo invistió con categoría de Vicario sustituto para el caso de que él llegara a faltar. Apenas muerto Fernández, el cura Manuel Rivero presentóse al gobierno exhibiendo un pliego cerrado del extinto por el cual se le encargaba del vicariato. Reina arguyó de aprócrifo el documento, ofreciendo probarlo. Mientras tanto, se puso a ejercer las Funciones de Vicario de que se creía investido.

El gobierno de Giró, interviniendo en el asunto, que ya tomaba contornos de escándalo, elevó los antecedentes a consideración del Superior Tribunal. Este, resolviendo sobre el caso, el 18 de diciembre de 1852 dictaminó que correspondía a la Corte Romana fallar en lo atinente a Rivero, a quien se inhibía de funciones mientras tanto; y en lo que dice a Reina, apercibíasele por haber entrado en funciones por propia autoridad, sin los correspondientes requisitos de reconocimiento por el Poder Ejecutivo, — prohibiéndosele también ejercer el cargo.


FERNÁNDEZ, MANUEL ANTONIO

Sacerdote montevideano que adhirió a la causa patria desde los albores de la independencia, prestan-

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