Página:Frontera, sociedad y justicia coloniales.djvu/56

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FRONTERA, SOCIEDAD La cuarta obJecion es tambien posible de escorar. En efecto, a la pregunta de como saber la verdad de lo ocurrido, cuando, tanto los testimonios de los testigos y aun la confesión del reo, son interesadas y pueden ser falsas. En realidad ese problema no nos interesa mayormente, no nos interesa la verdad, nos basta con lo verosimil Aunque el acusado mienta, su mentira — el lo sabe mejor que nadie - debe ser creíble para sus Jueces. Si mato a la victima es cosa de poca monta para nosotros, lo que diga sobre sus motivos, sobre su vida, sobre su ocupación, sobre sus actividades la noche del crimen, asi sea falso nos interesa mucho mas, porque sera una coartada históricamente ‘valida. Nos interesan las coartadas, sobre todo las coartadas perfectas, esas que no despiertan las sospechas de los fiscales y Jueces. Y si, por ahadidura, esta diciendo la verdad y es inocente? Todo Estado que pretenda regular la conducta de sus subordinados dentro de determinadas pautas, articula una politica de medidas de control social que se hace mas especifica en sus normas y en sus operadores, cuando estas estan destinadas a los sectores de la poblacion menos favorecidos por dicho orden. El aparato Judicial y policial del Estado, constituye el resorte de poder que vehiculiza dicha ejecucion y lo hace en el contexto de la normativa legal destinada a tal fin, pero que, tomada aisladamente, resulta insuficiente para estudiar el problema. Mas aun si consideramos, como en nuestro caso, el caracter colonial del aparato estatal; encarnado por un lado por funcionarios que representan el poder dominante extraterritorial, y por otro, reclutas de la elite local cuyos privilegios dentro del sistema van unidos a la eficacia de esa politica de control social frente a los otros componentes de la sociedad. Asimismo, en el ejercicio concreto de la administracion de Justicia, opera una readecuacion de la normativa de acuerdo a multiples factores, comenzando por los diversos roles y extraccion social de los actores ejecutantes. La realidad Juridica no se adecua 50