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Régimen entre las palabras y miembros de ta

oracion, :

303 (269). Los casos de régimen, en la oracion, son dos: 1., entre dos sustantivos pertenecien- tes á un mismo miembro; 2.*, entre el sugeto y los complementos.

Entre el sustantivo y las demás partea variables del discurso no hay régim-n, sinó concordancia; el adver- bio concuerda lógicamente con el atributo, pero no gramaticalmente; la preposicion es un medio de verifi- Car el régimen entre dos sustantivos ó palabras sustan- tivadas de un mismo miembro y entre el sugeto y los complementos; la conjunción es un medio de verificar el régimen entre ciertas oraciones de la cláusula; la interjeccion no es ni palabra regente ni regida, por no estar en relacion gramatical con el resto de la oracion pi de la cláusula. . .

Entre el sugeto y el atributo, lo mismo que entre el sugeto y el verbo, como-medis ya concordanria (300 y 301), no puede mediar régimen; pero media éste entre el sugeto y los complementos. En el sugeto reside la cualidad ó modo de ser, expresado por el atributo, y el hecho, expres: do por el verbo; por consiguiente el miembro que rige ó gobierna á los complementos no es el verbo, como muchos creen, sinó el sugeto. Cuan- do digo, yo escribo una carta á mi hijo, el hecho, escri- d6, está identificado conmigo mistuo; pero una carta y mi hijo dependen de mí, que ejecuto el hecho, y no del hecho. Si los complementos están generalmente colo-