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repite es necesario que los caballos se extiendan muchísimo de día, y que de noche no los ronden, ni los encierren, sinó que los tengan á pastoreo muy extendido y de día muchísimo más, en campos de gran extensión de pasto de engorde, y que no sean amargos.

Que deben tener siempre el mayor cuidado, a fin de que á ningún caballo no se le corte, cercene ni señale nada, absolutamente nada de las colas; debiendo en sus partes dar cuenta á S. E. del exacto cumplimiento de esta orden; y que si aparecen porrillos, ó algunos otros animales comiendo las colas á los caballos, que deben inmediatamente matarlos.

Que ya saben que si en las caballadas aparecen algunos cojudos mordedores, que deben caparlos, y que si así siguen haciendo daiio, que deben matarlos; y que si aparecen algunos torunos mordedores, que también los deben matar; y los cueros de dichos porrillos, cojudos y torunos mordedores ú otros animales que hagan matar por hacer daño en las invernadas, los entreguen al Juez de Paz del Partido, para que este los remita oportunamente á este ejército.

Que á los caballos maltratados los deben curar con orines y jabón. Se raspa el jabón en los orines; luego se baten mucho, hasta que queden medio espesos, y con eso se les unta á los caballos en las mataduras.

Que en todas sus partes, deben siempre seguir dando cuenta del número total de los caballos, del de las madrinas y cencerros que estas tengan, del número de hombres que tengan á su cargo y los cuerpos á que pertenezcan; el de los caballos gordos, el de los que no hayan