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La ciudad de Dios

riguar si estas heroínas lo hicieron, no seducidas de la humana ignorancia, sino inspiradas por alguna revelación divina, y no errando, sino obedeciendo á los altos é inescrutables decretos del Criador? Así como de Sansón (1) no es justo que creamos otra cosa sino lo que nos dice la Escritura y exponen los Santos Padres: y cuando Dios así lo prescribe, ¿quién osará culpar la obediencia? ¿Quién acusará una obra pia? Pero no por eso obrará bien quien se determinase á sacrificar su hijo á Dios, movido de que Abraham lo hizo, y que de esta acción le resultó una gloria incomparable y su justificación; porque también el soldado, cuando, obedeciendo á su capitán, á quien inmediatamente está sujeto, mata á un hombre, por ninguna ley civil incurre en la culpa de homicida; antes, por el contrario, si no obedece á la voz de su jefe, incurre en la pena de los transgresores de las leyes militares; y si lo ejecutase por su propia autoridad y sin mandato, incidiría en la culpa de efusor de sangre humana: así pues, por la misma razón que le castigarán, si lo ejecuta sin ser mandado, por la misma le castigarán si no lo hiciera mandándoselo: y si esto sucede cuando lo manda un general, ¿con cuánta más razón si así lo prescribiese el Criador? El que oye que no es lícito matarse, hágalo, si se lo previene Aquel cuyo mandamiento no se puede traspasar; pero atienda con el mayor cuidado si el divino mandato vacila en alguna incertidumbre. Nosotros, por lo que oímos, examinamos la conciencia; más no nos usurpamos el juzgar de lo que nos es oculto, pues nadie sabe lo que pasa en el hombre sino su espíritu, que está en él (2). Lo que decimos, lo que afirmamos, lo que en todas maneras aprobamos es, que nin(1) Lib. de los Jueces, cap. XVI.

(2) S. Pablo, I ep. ad Corinth., cap. II. Cun, si non licet., causa g. 28. 5.