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Página:Mexico, California and Arizona - 1900.djvu/87

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LOS PROYECTORES.

Todo esto está establecido en el código en los términos más explícitos. La que Compañía de Mejoras podrá hacer, por lo tanto, sería vender lotes sólo a los mexicanos. La clase de ricos estadounidenses esperada como residentes de invierno sería eliminada de los cálculos, aunque, por supuesto, podrían hospedarse en el hotel.

También hay cierta ambigüedad en cuanto a lo que las empresas comerciales, con un tercio de los directores residentes en el país, pueden o no pueden hacer, ya que la construcción del término "Corporación" no es lo mismo con nosotros. Algunos elementos interpretativos o explicativos son necesarios para remediar la ambigüedad mencionada arriba, y un barrido completo es necesario para todo el resto.

Si hay sinceridad en las manifestaciones de voluntad de progreso y sin ayuda, México debe barrer estrechas y obscuras restricciones. ¿Si capital externo fuera exigido para obras de mejoramiento y embellecimiento, cómo puede esperarse a tal precio?

Y ¿por qué, en nombre de Dios, en este día iluminado, no se debe poner al extranjero en igualdad con los nativos en estos asuntos y permitirle poseer bienes, siempre que lo desee a través del mundo civilizado?

Deje que el extranjero tenga en cuenta, también, que se debe se matricular en el departamento de Relaciones Exteriores, a través del cónsul general, a fin de tener cualquier personalidad reconocida ante un Tribunal de Justicia, en casos de dificultad. Sin esta formalidad incluso su extranjería no es necesariamente concedida como protección.