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Página:Revista de España (Tomo I).djvu/93

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con motivo del proyecto de ley sobre vagancia.

cion lícita y honesta? No, porque estas casas y establecimientos están bajo la salvaguardia de la ley, son públicos y como tales abiertos á la vigilancia, que si se quiere puede ser incesante y contínua de la autoridad. ¿Lo serán las casas de prostitucion? No lo parece. La administracion las tolera y reglamenta, llevando cuidadosamente la estadística de sus pobladores, filiándolos, fotografiándolos, cuidándose de su higiene, expidiéndoles patentes limpias ó sucias segun las circunstancias, haciendo en fin, lo posible para que esos lugares estén dotados de las mejores condiciones sanitarias. A las casas de juegos prohibidos por el Código, no creemos tampoco que la expresion « lugares sospechosos » pueda referirse. Para concurrir habitualmente á una casa de juegos prohibidos seria preciso que estas casas estuviesen constantemente abiertas, y por lo tanto que no solo no fuesen perseguidas, sino alentadas por una mal entendida tolerancia, nada más lejos de nosotros que el imaginar ni aceptar una hipótesis que envolveria un gravísimo cargo contra los funcionarios á quienes en esta parte incumbe el cumplimiento de las leyes.

El caso tercero del proyecto declara vagos, á ««los que con algun »recurso, pero del todo insuficiente para subsistir, concurren de ordi»nario á casas de juego ú otros lugares sospechosos, sin dedicarse »habitualmente á ocupaciones lícitas. » Dejando a un lado la impropiedad, ó más bien la contradiccion que encierran la expresion del todo y la palabra insuficiente, pues la primera indica una carencia absoluta, y la otra que se cuenta con algo aunque no lo bastante, ¿cómo y conforme á qué reglas se ha de estimar lo que es ó no suficiente para subsistir? Viviendo en una boardilla, alimentándose de patatas, vistiéndose y calzándose en una prendería ó en el Rastro, se vive holgadamente con seis reales al dia; pero si se pagan 30.000 reales de alquiler al año, si se dan banquetes, fiestas y festines, si se tienen casas de campo, palco en la ópera, caballos de montar y coches, no basta ni con mucho un duro cada hora. Este segundo, este vago de levita puede entregarse sin embargo tranquilamente á la disipacion y al ocio, seguro de que no han de alcanzarle las prescripciones de la ley; así al ménos lo declaró el Sr. Ministro de Gracia y Justicia respondiendo al Sr. Vinader: pero el primero, el vago de chaqueta, corre inminente peligro de ser víctima de la insuficiencia de sus recursos. ¿Por qué esta distincion? El Sr. Ministro no tuvo por con-