Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/352

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SENADO CONSERVADOR

titud de oriente a poniente, calle a salir a la espaciosa Cañadilla. I por fortuna comprende en toda su área la misma estension que creemos necesaria a la demarcación del plano que se levante. Conque, si el convento su dueño lo franquea ya (como lo vemos en la nota que V.E. se sirve pasarnos por secretaría con fecha 3 del corriente) con sola la calidad de a censo o en arriendo, parece queda allanado felizmente este negocio, si V.E., defiriendo a la segunda parte de la proposicion por los mismos setenta pesos anuales que gana, se sirve indicárselo así al R.P. Prior, previniéndole, al mismo tiempo, que agradece i desde luego admite V.E. la jenerosa oferta que le hace de lo demas del llano para sacar de allí el material de adobe, teja, ladrillo i piedra de cimiento que se necesite.

No divisamos por ahora embarazo alguno a la preferencia que impetran los P.P. del Consejo en la acequia que se saque a su salida del panteon: entonces se adjudicará a sus terrenos como lo enseñen las circunstancias. La perspicacia de V.E. se servirá resolver sobre todo como mejor fuere de su superior penetracion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Noviembre 8 de 1819. —Excmo. Señor. José Alejo Eyzaguirre. —Manuel De Salas. — Manuel Joaquín Valdivieso. —Al Excmo. Senado del Estado de Chile.


Núm. 553

Excmo. Señor:

Organizado de nuevo el Instituto Nacional por los esmeros de V.E., va a ver Chile otra vez actos literarios con pompa i solemnidad superiores a todos los tiempos pasados. La concurrencia que se espera en ellos de las Supremas Majistraturas, Tribunales, Cabildos i demás corporaciones me obliga a suplicar a V.E. se digne arreglar el orden que debe haber de asientos, para evitar alguna contienda que puede ocurrir. Los actos han de ser en la sala de la Universidad: a ellos han de concurrir las autoridades i corporaciones; cada una ha de tener su asiento designado, lo ha de tener también el Rector de la Universidad i su cuerpo, también el Rector del Instituto i su convictorio, los Ministros de Estado, Jefes militares, Prelados de las Relijiones, i por fin, el pueblo convidado. V.E. dígnese determinarlo, i mandarlo insertar en la Gaceta para que se haga notorio.

Ahora se reúnen en mí los dos Rectorados del Instituto i Universidad, i por ahora i para cuando estén separados estos destinos, es forzoso señalar el lugar que a cada uno corresponda. Los demas superiores i catedráticos del Instituto, aunque no sean doctores, merecen por su destino la consideracion que V.E. se dignará tener presente para la designacion de sus asientos, pues han de asistir presidiendo al Instituto. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Instituto Nacional i Noviembre 8 de 1819. —Dr. Manuel José Verdugo. —Señores del Excmo. Senado.


Núm. 554

Excmo. Señor:

No es en el arbitrio del lejislador variar la lei, i ménos cuando cede en perjuicio de tercero. La solicitud de don Cárlos Higginson por don Samuel Giboum es opuesta a la lei i a los privilejios de los naturales del país. Derogarla seria despopojarles de aquel derecho. Dispensarla, ni es facultativo ni decoroso al dictador cuando no han variado las circunstancias. La calidad de servidor de su patria no le da los derechos de naturaleza; i a un Gobierno no falta cómo premiar el mérito de los individuos sin agravio ni perjuicio de tercero. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Noviembre 8 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 555

Excmo. Señor:

El buen servicio que ha prestado i continúa prestando el oficial auxiliar de esta Secretaría don Joaquin Bravo, obliga al Senado a prevenir que en la ausencia del primer oficial don Nicolas Pradel, que asegura estar licenciado por V.E. por el término de cuatro meses, se le asistirá con el sueldo íntegro de Pradel, como que le subroga; i pidiendo ahora se le mande pagar desde el dia 25 del inmediato pasado Octubre, ha dictado el decreto que aparece al pié de su representacion, que se acompaña, para que, no habiendo un inconveniente, se sirva V.E. prevenir su cumplimiento. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Noviembre 8 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.