Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/25

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
23
SESION DE 23 DE OCTUBRE DE 1818

oficial para ayudante, i dos ordenanzas, la una para el señor presidente i la otra para el servicio de la secretaría.

Últimamente se previno se oficiara al señor vocal don Juan Agustin de Alcalde para que se sirviera pasar prontamente al despacho; i concluidas las sesiones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario.José Ignacio Cienfuegos. —Francisco B. Fontecilla. —Francisco Antonio Peres. —José M. de Rozas. —José María Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 4

Excmo. Señor:

Ha sido para el Senado de la mayor satisfaccion la determinacion que tenia V.E. acordada de Diputado para el Congreso Jeneral que debe celebrarse en Aix-la-Chapelle; oyendo con indecible complacencia al señor Ministro de Estado que se le presentó anunciando la deliberacion i significando que su persona era elejida para la diputacion. —Este es uno de los mas acertados pasos que darán crédito al Estado de Chile; servirá de fundamento para que, constituido en el rango que tiene jurado, se reconozca por las naciones su independencia, i será un medio por el cual, instruido de los votos del Congreso Jeneral, tomemos nuestras providencias, consultando la felicidad de la posteridad.

No son calculables la conveniencia i la utilidad de esta disposicion; i crea V.E. que habria sido uno de los primeros cuidados del Cuerpo sancionarla, si con su acostumbrado celo no la hubiera anticipado. —En el individuo elejido concurren las mejores circunstancias de talento, ilustracion, conocimiento del gran mundo, honor, circunspeccion, sijilo, etc. —De consiguiente, no puede apetecerse una cosa mas ventajosa. —El Senado, no solo aprueba el acertado nombramiento de V.E., sino que, a nombre de la Nacion, le tributa las mas espresivas gracias por la determinacion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Octubre 24 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 5

Excmo. Señor:

Han dado principio nuestras sesiones con la formacion del ceremonial que establezca el órden que debe observarse en los asientos de los jefes i corporaciones, cuando sea precisa su asistencia para solemnizar algun acto relijioso o sea necesaria la congregacion de cuerpos representativos; pero siendo esta una obra que necesita tiempo i meditacion, se ha acordado que para el dia de mañana 25 del que rije, en que se celebra la misa en accion de gracias en memoria del beneficio con que el Cielo nos distinguió en el primer paso de nuestra emancipacion política, se observe el método de que ocupando V.E. la primera silla en el mismo lugar de la testera, que se ha observado hasta aquí, le acompañe el Senado a los lados colaterales, formando un solo cuerpo; que a la derecha se coloquen los señores Ministros de Hacienda, Estado i Guerra; i entre éstos se dé asiento de huéspedes al señor Diputado de Buenos Aires i Jenerales del ejército, siguiendo a continuacion, por ahora, la Cámara de Justicia; i ocupando la ala izquierda el Ilustre Cabildo de esta capital i demas tribunales. —La premura del tiempo no da lugar para establecer otras reglas, que se dictarán con mas meditacion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Octubre 24 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 6

Excmo. Señor:

Persuadido el Senado de los buenos servicios del licenciado don José María Villarreal, le ha elejido para secretario del Cuerpo con la dotacion de mil i quinientos pesos, sin descuento; i, si fuere de su aprobacion, puede V.E. dar las órdenes convenientes a los Ministros de Hacienda para que se le asista con esta asignacion, teniendo presente el art. 4.º, cap. II, tít. III de la Constitucion provisoria. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Octubre 24 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 7

Se tienen los mejores conocimientos de don José Domingo Herrera para oficial de la secretaría; i habiéndose merecido la ventaja que sirva por ahora con la dotacion de doscientos pesos anuales, convendria se avise a los Ministros del Tesoro público para el respectivo abono, a quienes podrá prevenirse que para preparar los mas urjentes gastos de escritorio, se entreguen al secretario cincuenta pesos. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Octubre 24 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 8

Excmo. Señor:

Para el servicio del Senado i para las ocurrencias de sus sesiones necesita se le señale un oficial que desempeñe las funciones de ayudante,