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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/36

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SENADO CONSERVADOR
  1. cienda hasta que la Junta de Economía presente los proyectos que haya preparado para aumentar los recursos del Erario. (Anexo núm. 30.)
  2. Crear en Valparaíso, a indicacion del mismo señor Ministro de Hacienda, el cargo de Ministro Tesorero de Marina i prevenir al Excmo. Director Supremo que al fijar el sueldo respectivo tenga presentes las actuales penurias del Erario. (Anexo núm. 30.)
  3. Declarar que el art. 11, cap. I, tít. IV de la Constitucion, sobre la manera de ascender a los empleados subalternos, solo se aplica a los políticos i civiles, i que los militares se seguirán rijiendo por la Ordenanza; mandar publicar esta declaracion en la Gaceta Ministerial, i reservarse la resolucíon de los otros puntos que el oficio del Director Supremo toca. (Anexo núm. 31.)
  4. Pedir al Tribunal de Minería una razon puntual de los deudores del Banco; al Superintendente de la Casa de Moneda, otra de sus empleados, sueldos, ocupaciones, i de las economías que en ella puedan hacerse sin perjuicio i de los arbitrios que puedan establecerse; i otra análoga al Administrador Jeneral de Aduanas. (Anexos núms. 32,33 i 34.)
  5. Pedir a la Junta de Economía, dirijiéndose al efecto a don Juan Egaña, vocal de ella, el plan de arbitrios que haya formado. (Anexo núm. 35.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a treinta i un dias del mes de Octubre del año mil ochocientos dieziocho, congregado el Excmo. Senado en su sala de despacho i en acuerdo estraordinario, ordenó se previniera a los Gobernadores i Tenientes-Gobernadores de las ciudades i villas de todo el Estado que, sin pérdida de tiempo i a la mayor brevedad, dieran la razon de los fondos propios i arbitrios de los respectivos lugares, segun lo dispuesto en el acuerdo anterior, i, vistas las comunicaciones oficiales, las aprobó S. E.

Se presentó el señor Ministro de Hacienda i representando a nombre del Excmo. Señor Director era interesante el establecimiento de varios arbitrios, que significó verbalmente, para aumentar el Erario, quedaron apuntados para discutirlos detenidamente; i con presencia de ellos ordenó se dijera al señor Director que, luego que la Junta de Economía remitiera los antecedentes que se habian obrado en aquella Comision, tendria su efecto la incitativa; quedando así cumplido en la hora.

Significó igualmente el mismo señor Ministro que era de necesidad crear en Valparaíso un Ministro Tesorero de Marina para que, de acuerdo con el Contador, se despacharan allí las ocurrencias del ramo; i conferenciadas detenidamente las reflexiones a que se contrajo la locucion, aprobó S. E. el pensamiento, mandando se dijera al señor Director que al tiempo de realizado se sirviera tener presente que los apuros del Erario exijian la mayor economía en la prefijacion del sueldo de este funcionario i demas manos auxiliares; quedando así cumplido prontamente.

Se mandó pedir a la Junta de Economía el plan de arbitrios que se hubiese formado; i en el dia se pasó la órden al doctor don Juan Egaña, como uno de los comisionados.

Examinada la comunicacion de treinta del que rije, en la que funda el señor Director la necesidad de declararse que el art. 11, cap. I, tít. IV de la Constitucion, por el que se ordena que el ascenso de los empleados haya de ser a propuesta de sus inmediatos jefes, no debe correr respecto de los militares que, mereciendo el ascenso segun la heroicidad de sus acciones, deban ser distinguidos prontamente i sin el requisito de propuesta; i conociendo el Excmo. Senado la justicia del reclamo, declaró que, sin embargo de que por el contexto del citado artículo i de los demas que le subsiguen, se conoce que la calidad de propuesta es solo para los empleados políticos i civiles, debia quedar espresa i literalmente decidido que a éstos únicamente es limitada la precitada determinacion, diciéndose al señor Director que no estando en este caso los militares, se observará respecto de ellos lo prevenido por la Ordenanza, mandándolo publicar en la Gaceta Ministerial para la debida intelijencia, reservando S. E. la resolucion de los demas particulares que toca la comunicacion.

Se mandó pedir al Tribunal de Minería una razon puntual de los deudores al Banco por cuenta de habilitaciones, i de los que deban por otro principio.

Se ordenó que el señor Superintendente de la Casa de Moneda diera cuenta de sus empleados, de sus ocupaciones i de los sueldos que gozan, instruyendo sobre la economía de que sea susceptible la Casa, sin perjuicio de sus tareas, i diciendo cuáles sean los arbitrios que pueden establecerse para aumentar sus entradas; i haciéndose igual prevencion al Administrador Jeneral de Aduana.

Quedó todo cumplido en el dia, cerrándose el acuerdo i firmando los señores senadores con el infrascrito secretario. —José Ignacio Cienfuegos. —