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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/42

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SENADO CONSERVADOR
  1. para que suplan gratuitamente a 105 camaristas en los casos de ausencias, enfermedades o implicancias. (Anexo núm. 38.)
  2. Mandar que se nombre cuanto ántes un fiscal del crimen que funcione en el Tribunal Judiciario.
  3. Reducir las plazas del Supremo Tribunal Judiciario de cinco a tres, i que se nombren dos suplentes que despacharán en los casos de ausencia, enfermedad o implicancia de los propietarios.
  4. Oficiar al Supremo Gobierno que no conviene hacer por ahora innovacion alguna ni en los empleados militares ni en los civiles, por cuanto el Senado se preocupa de formar un plan jeneral que consulte a la vez el buen servicio público i la necesidad de economizar los dineros del Estado. (Anexo núm. 39.)
  5. Contestar al venerable dean que por no haberse abierto su oficio de invitacion sino el dia 2, no ha concurrido el Senado a la festividad que en él se anunciaba, pero que se asocia a ella i será el primero en presentarse al templo siempre que sea oportunamente invitado. (Anexo núm.40).
  6. Pedir al Supremo Director se sirva remitir al Senado tres proyectos de reglamentos que la Junta de Economía dice habe relevado al Gobierno. (Anexo núm. 41.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a dos dias del mes de Noviembre del año de 1818, hallándose el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se discutió sobre la incompatibilidad que hai en los señores vocales don Francisco de Borja Fontecilla i don Francisco Antonio Perez para continuar el primero en el despacho del Gobierno-Intendencia, i el segundo en la Cámara de Justicia; i quedando asentado que es imposible que aquellos destinos se sirvan por una sola persona, que debe contraerse al despacho del Excmo. Senado, se acordó que en el ínterin los citados dos señores senadores se hallan contraídos al desempeño de las funciones de senadores, sean separados de aquellos departamentos; i que interinamente se nombre Gobernador-Intendente, quedando por ahora suprimida la plaza del señor don Francisco Antonio Perez durante el tiempo de su comision, reduciéndose la Cámara a solo tres Ministros para consultar el ahorro del Erario; nombrándose dos letrados suplentes que habrán de servir en las ausencias, enfermedades i en las implicancias de los camaristas, no llevando sueldo alguno i sirviéndoles de mérito para los ascensos de su carrera la contraccion a que deben dedicarse con un servicio a que les llama la Patria; i para su cumplimiento se oficiará al señor Director.

Por el art. 5.º, cap. III, tít. V de la Constitucion provisoria se previene el establecimiento de dos Fiscales, uno para lo civil i el otro para lo criminal, debiendo este último funcionar en el Tribunal Judiciario; i siendo conveniente la pronta creacion del último para evitar el perjuicio que puede irrogarse a las partes, acordó el Excmo. Senado se ejecute esta determinacion.

Por el art. 1.º, cap. II, tít. V de la misma Constitucion, se dispone que el Supremo Tribunal Judiciario se componga de cinco Ministros; i con el justo designio de atender el Senado al ahorro del Erario en su actual escasez, declara que procediéndose al establecimiento de este Tribunal quede su número reducido solo a tres; nombrándose dos suplentes que deberán despachar en las ausencias, enfermedades e implicancias de los vocales natos; i mandándose comunicar la resolucion al señor Director, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 36

En accion de gracias al Todopoderoso por la feliz llegada a esta capital de nuestro Excmo. Señor Jeneral don José de San Martin, le ha oblado este Cabildo una misa solemne el domingo próximo, dia de Todos Santos, en esta santa iglesia catedral, i para mayor decoro de un acto tan debido i relijioso, suplica se digne V.E. prestar su asistencia, a que igualmente concurre el Excmo. Supremo Director del Estado. Cuyo favor será objeto de su mas vivo reconocimiento. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, 31 de Octubre de 1818. —José Ignacio Infante. —Dr. José Antonio Errázuriz. —Domingo Errázuriz. —José Antonio Brizeño. —José Gabriel de Quesada. —José Manuel Godoy. —Dr. Manuel José Verdugo. —S.S. del Excmo. Senado del Estado de Chile.


Núm. 37

En oficio del 26 del presente se ha escrito al Excmo. Señor Supremo Director haciéndole pre