dos civiles del Estado, de los ▼destinos que ocupan i de los ▼sueldos que gozan, distinguiendo los departamentos en que se hallan i los descuentos que tienen, según las últimas determinaciones de la Suprema Autoridad; i debiendo haber constancia de todo esto en la oficina de US., me ordena que por secretaría le pida esa razón, para que se sirva pasarla a la posible brevedad, ilustrando a este Excmo. Cuerpo cuanto conciba útil para formar el concepto que ha menester i espedir las providencias que juzgue oportunas. —Dios guarde a US. —Santiago, 6 de Noviembre de 1818. —Señor Contador Mayor.
Núm. 47
▼Es del mayor interes para el Excmo. ▼Senado tener el ▼reglamento o reglamentos formados para la erección i establecimiento de escuelas públicas; i entendiendo que algo de esto debe conservar Ud. en su poder, a virtud de la comision que le confirió el Ilustre Cabildo para la protección de tan ventajoso establecimiento, me ordena el Excmo. Cuerpo le diga que, por el amor a su país, se sirva pasarle esos reglamentos, si los tuviere; o darle alguna idea de ellos, avisándole, según las noticias que adquiera, cuáles son las escuelas que hai abiertas en el dia i los conventos de regulares que no las tienen, llevándose estas fatigas por el beneficio de sus semejantes. —Dios guarde a Ud. —Santiago, 6 de Noviembre de 1818. —Señor don ▼Domingo de Eyzaguirre.
Núm. 48
▼Con fecha 6 del que corre, ha declarado el ▼Senado los artículos i puntos siguientes: (Aquí los diversos acuerdos que se consignan en el acta.)
Tengo la satisfacción de instruir a V.E. del contenido de estas determinaciones, para que con presencia de los objetos a que se encaminan las presentes declaraciones, se sirva espedir las providencias que estime conducentes para la ejecución de lo acordado. —Dios guarde a V.E. —Santiago, 7 de Noviembre de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director del Estado.